3. Otras disposiciones. . (2024/10-37)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, por la que se publica el Presupuesto de la Universidad de Córdoba para el año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Lunes, 15 de enero de 2024

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Artículo 24. Recepción, conformidad y tramitación de facturas y demás justificantes
de gastos.
Los responsables de las Orgánicas prestarán su conformidad expresa a la
tramitación de facturas y demás justificantes, autorizando con su firma el cargo a sus
correspondientes dotaciones presupuestarias.
La normativa de obligado cumplimiento en materia de morosidad en las operaciones
comerciales, y periodo medio de conformidad, indica que una vez aceptada o comprobada
la recepción de las mercancías o prestación de los servicios, se debe proceder a
conformar las facturas sin dilación, y proceder a su abono en un plazo no superior a 30
días, salvo que se hubiera fijado fecha o plazo de pago en el contrato, o se necesite un
acto normalizado de conformidad (tal como ocurre con las actas de recepción de obras
y equipamientos), en estos casos el plazo para dar la conformidad no podrá superar los
treinta días naturales y a partir de ese momento, se debe de abonar en un plazo no
superior a 30 días.
A estos efectos, una vez aceptado el servicio o el suministro, el proveedor debe
emitir la factura a la mayor brevedad posible (y siempre dentro del plazo de 15 días).
Esta factura una vez recibida en la unidad tramitadora, debe proceder a su rechazo o
validación en un plazo de 5 días.
El proveedor se verá obligado a facturar electrónicamente (salvo las pagadas por
anticipado o por causa justificada que deberá ser autorizada por la Gerencia), para lo cual
se le facilitaran los códigos DIR necesarios y las instrucciones precisas para su correcta
cumplimentación.
Las facturas expedidas a la Universidad de Córdoba deben venir obligatoriamente por face
https://www.uco.es/gestion/gestioneconomica/facturae/informacion-proveedores/
informacion-para-proveedores
salvo:
- Las que excepcionalmente hayan sido pagadas por Anticipo de Caja Fija, Pago
Anticipado desde los Servicios Centralizados o por personal de la Universidad de
Córdoba para su posterior endoso.
- Las inscripciones en jornadas y congresos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295221

En la nueva codificación cada orgánica está formado por 10 dígitos (agrupados en
duplas), según el siguiente sistema:
- 1.ª Dupla, conforme a los grupos anteriormente indicados (GA, DU, CU, IU, BS).
- 2.ª Dupla, hace referencia al Vicerrectorado, Centro, Departamento o Instituto concreto.
- 3.ª Dupla: en el caso de las unidades estructurales de los Vicerrectorados, en
función de su estructura y, en el caso del resto de orgánicas de los Vicerrectorados y
demás grupos, según el tipo de proyecto/acción.
- 4.ª Dupla: en el caso de las unidades estructurales de los Vicerrectorados, en función
de su estructura y, en el caso del resto de orgánicas de los Vicerrectorados y demás grupos
del resto de orgánicas, en función de la convocatoria del proyecto/acción, si procede.
- 5.ª Dupla: indica el orden de la orgánica.
En el Anexo 3.13 del Presupuesto se incluye el detalle de toda la clasificación orgánica.
3. Podrán ser titulares de orgánicas los responsables directos de la gestión de las
dotaciones presupuestarias que se asignen a la misma, debiendo tener vinculación laboral
con la Universidad de Córdoba. En el caso de que la vinculación no sea permanente,
quedará a criterio de la Gerencia.
4. La apertura de las Orgánicas será autorizada por el Rector, que podrá delegar en
el Gerente, con la finalidad de mejorar la gestión y justificación de los ingresos que reciba
la Universidad de Córdoba para actividades específicas diferenciadas, entendiendo como
tales, entre otras, las relativas a investigación, cursos, seminarios y congresos.
5. Todo programa de actividades financiado por recursos afectados se incluirá en
el presupuesto y deberá ser objeto de una adecuada identificación que permita su
seguimiento contable.