3. Otras disposiciones. . (2024/10-37)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, por la que se publica el Presupuesto de la Universidad de Córdoba para el año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Lunes, 15 de enero de 2024

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3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Resolución de 21 de diciembre de 2023, por la que se publica el Presupuesto
de la Universidad de Córdoba para el año 2024.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo,
del Sistema Universitario, este Rectorado ha resuelto ordenar la publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía del Presupuesto de la Universidad para el año 2024, que
ha sido aprobado por acuerdo del Consejo Social de 21 de diciembre de 2023.
Este presupuesto se completa con anexos relativos a:
- Estructura organizativa.
- Gastos de Personal (se incluyen las RPT’s del Personal de la UCO, así como las
Variaciones de Efectivos).
- Retenciones a los recursos generados por actividades.
- Estudios Propios.
- Cursos Formación de Personal UCO.
- Indemnizaciones por razón del servicio.
- Tarifas del Servicio de Alojamiento.
- Tarifas de la Biblioteca Universitaria.
- Tarifas por cesión de uso de espacios.
- Otras tarifas.
- Plan Anual de Contratación.
- Estructura Orgánica, Funcional y Económica.
-
Fórmulas de reparto presupuestario a Centros, Departamentos e Institutos de
Investigación Propios o Interuniversitarios.
Estos anexos, así como la totalidad del presupuesto, se encuentran publicados en
la siguiente dirección de web: http://www.uco.es/gestion/gestioneconomica/presupuestos
Córdoba, 21 de diciembre de 2023.- El Rector, Manuel Torralbo Rodríguez.
MARCO JURIDÍCO, CONTEXTUALIZACIÓN Y CONSIDERACIONES GENERALES

Contextualización.
La elaboración del presupuesto de la Universidad de Córdoba para el ejercicio 2024
debe enmarcarse en un contexto temporal caracterizado por una serie de modificaciones
legislativas y normativas que han introducido un conjunto de aspectos novedosos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Marco Jurídico.
La capacidad de la UCO para la elaboración de sus presupuestos, se encuentra recogida
en los artículos 3.h) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
(en adelante LOSU), y en el 3.h) de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, modificados
por Decreto de la Junta de Andalucía 212/2017, de 26 de diciembre, aprobados por Decreto
280/2003, de 7 de octubre que otorgan a la Universidad autonomía para la elaboración,
aprobación y gestión de sus presupuestos y la administración de sus bienes.
De conformidad con el artículo 201.2 de los vigentes Estatutos, el Gerente elaborará el
proyecto de presupuesto conforme a las líneas generales y necesidades de la Universidad,
y lo elevará al Consejo de Gobierno para su aprobación provisional y posterior remisión al
Consejo Social para su aprobación y la gestión del mismo se efectuará de acuerdo con el
texto articulado y la normativa en él recogida que le sea de aplicación.