Disposiciones generales. . (2024/9-2)
Orden de 8 de enero de 2024, por la que se modifica la Orden de 24 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Submedida 4.1).
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Número 9 - Viernes, 12 de enero de 2024

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2.2. Si está asociada a una cooperativa, organizaciones de productores y/o SAT que
forman parte de entidades asociativas prioritarias regionales que normativamente se
regulen. 5 puntos.
2.3. Si está asociada a una cooperativa que pertenezcan a otra de segundo grado o
ulterior. 4 puntos.
2.4. Si está asociada a una Sociedad Cooperativa Andaluza o una Sociedad Agraria
de Transformación que comercializa la producción de la explotación. 3 puntos.
2.5. Si está asociada a una Agrupación de Producción Integrada. 3 puntos.
3. Ser mayor de 18 años y menor de 41 años. 3 puntos.
4. Ser mujer. 3 puntos.
5. Ser agricultor profesional. 3 puntos.
6. Estar empadronado en un municipio de la comarca donde radica la explotación. 3
puntos.
7. Haber recibido asesoramiento en el sentido del artículo 15.4 del Reglamento (UE)
núm. 1305/2013, de 17 de diciembre. 2 puntos.
Relativos a la explotación:
1. Ser titular de una explotación inscrita en el Registro de titularidad compartida. 10
puntos.
2. Que la persona solicitante no haya obtenido ayudas para la modernización de
explotaciones en los dos años anteriores a la solicitud en aplicación de las medidas 121.1
o 121.2 del PDR 2007-2013 o en convocatorias anteriores de la misma actuación incluidas
en la operación 4.1.1 del PDR 2014-2020. 10 puntos.
3. Comprometerse a suscribir un seguro agrario combinado para la explotación en los
planes de los 5 años posteriores a la fecha del pago de la ayuda. 10 puntos.
4. Que la explotación esté inscrita o pase a inscribirse en el SIPEA (Sistema de
información de la producción ecológica). 3 puntos.
Relativos al tipo de inversión:
1. Inversiones colectivas, conforme a la definición establecida en el apartado 8.2.4.6
del PDR, solicitadas por una agrupación informal de agricultores. 10 puntos.
2. Más del 25% de la Inversión está destinada a la incorporación de las nuevas
tecnologías de la información y comunicación (NNTT). 10 puntos.
3. Más del 25% de la Inversión está destinada a actuaciones que favorezcan la
eficiencia energética en edificios y/o maquinaria y aquellas destinados al autoconsumo
de la misma. 5 puntos.
4. Más del 25% de la Inversión está destinada a actuaciones destinadas al ahorro
neto del agua (MN). 5 puntos.
5. El plan de mejora permitirá la creación de al menos una UTA adicional a las que la
explotación genera antes de su aplicación, mediante el cambio de orientación productiva
de la explotación o un incremento de la dimensión de la misma. 5 puntos.
6. El plan de mejora incluye alguna de las siguientes inversiones relacionadas con la
Bioeconomía: Gestión de los restos vegetales o de poda generados en la explotación,
incluido su compostaje; utilización de bioplásticos en las estructuras invernadas. 5 puntos.
7. El plan de mejora incluye acciones innovadoras. Se considerará que el plan
empresarial incluye acciones innovadoras cuando este haya sido incluido en alguna de
las iniciativas promovidas por la Asociación Europea de la Innovación o la implantación
de técnicas fruto de las innovaciones desarrolladas en los últimos 5 años por los centros
públicos de investigación o proyectos con financiación pública o cuyo resultado tenga
reconocimiento oficial, (como patente, modelo de utilidad u obtención vegetal) o se derive
de una compra pública innovadora. 3 puntos.
Los criterios deberán cumplirse a fecha de finalización del plazo de presentación de
la solicitud de ayuda.
Puntuación máxima de la solicitud de ayuda: 110 puntos.
Mínimo para recibir ayuda: 18 puntos.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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