3. Otras disposiciones. . (2024/9-16)
Orden de 22 de diciembre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, por la que se modifican y publican los formularios normalizados relacionados con el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 9 - Viernes, 12 de enero de 2024

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ANEXO I

3. ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA (*)
Inscripción habilitante para el ejercicio de la actividad. (Apartado 1)
Modificación de la denominación social. (Apartado 2)
Nombramiento y cese de las personas administradoras o miembros del órgano de administración. (Apartado 3)
Nombramiento y cese de la persona responsable de la actividad de distribución o de las personas que formen parte
del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución. (Apartado 4)
Modificación del capital social, de las participaciones significativas y de las personas socias con participación
significativa. (Apartado 5)
Modificación del domicilio de ejercicio de la actividad profesional o domicilio social. (Apartado 6)
Nombramiento y cese del titular del departamento o servicio de atención al cliente. (Apartado 7)
Nombramiento y cese del defensor del cliente. (Apartado 8)
Modificación del dominio o la dirección de internet. (Apartado 9)
Agrupación de interés económico en la que participe el mediador inscrito. (Apartado 10)
Unión temporal de empresas en la que participe el mediador inscrito. (Apartado 11)
Cancelación de sanciones. (Apartado 12)
Cancelación de la inscripción habilitante para el ejercicio de la actividad. (Apartado 13)
Inactividad.
(*) Se indica respecto a cada acto, entre paréntesis, los apartados correspondientes que se deberán cumplimentar en el modelo B

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

4. DECLARACIÓN DE ÁMBITO TERRITORIAL DE ACTUACIÓN
DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que el domicilio y el ámbito de operaciones en el que pretende realizar la actividad
de distribución de seguros SE LIMITA al territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

5. DECLARACIÓN DE COMPATIBILIDAD (*)
5.1 Persona física:
DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que no ejerzo como agente de seguros, colaborador externo de un agente de
seguros u operador de banca-seguros, comisario de averías o liquidador de averías, salvo que estas últimas actividades se
desarrollen en exclusiva para asesoramiento de tomadores del seguro, asegurados o beneficiarios por contrato de seguros.
5.2. Persona jurídica:
DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que no ejerzo la actividad aseguradora o reaseguradora, de agencia de
suscripción, de agente de seguros u operador de banca-seguros, de colaborador externo de un agente de seguros o de un
operador de banca-seguros, aquellas otras actividades para cuyo ejercicio se exija objeto social exclusivo, o de peritación de
seguros, comisario de averías ni liquidación de averías, salvo que estas últimas actividades se desarrollen en exclusiva para
asesoramiento de tomadores del seguro, asegurados o beneficiarios por contrato de seguros.
(*) No aplicable a los corredores de reaseguros

6. DECLARACIÓN RELATIVA A LA GESTIÓN DE FONDOS DE CLIENTES (*)
DECLARA, bajo su expresa responsabilidad, que opta por lo siguiente en relación con la gestión de fondos de clientes:
Gestión de fondos de clientes. En este caso deberá disponer de una cuenta corriente destinada exclusivamente a los fondos de
clientes conforme al artículo 136.4 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero (a completar en el siguiente apartado) y
seleccionar una de las dos opciones de gestión siguientes:
No requerida capacidad financiera. En el supuesto de que se haya pactado que los pagos de clientes se abonen
directamente en cuentas de titularidad de las entidades aseguradoras, o que estas hayan autorizado al distribuidor a
recibir cantidades a cambio de la entrega de recibos emitidos por las mismas, ofreciendo con ello una cobertura
inmediata, y en cualquiera de los dos casos, que las indemnizaciones se abonen directamente al cliente por las entidades
aseguradoras.
Requerida capacidad financiera. Deberá aportarse aval o seguro de caución por valor del 4% de las primas percibidas por
el distribuidor, con un mínimo de 19.510 € (o la cuantía mínima que legalmente la reemplace).

00295218

006016

Falta de gestión de fondos de clientes.
(*) No aplicable a los corredores de reaseguros

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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