3. Otras disposiciones. . (2024/9-16)
Orden de 22 de diciembre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, por la que se modifican y publican los formularios normalizados relacionados con el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 9 - Viernes, 12 de enero de 2024

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ANEXO II

9. DOCUMENTACIÓN
Presento la siguiente documentación:
Memoria.
Documentos acreditativos de la formación.
Programa de formación continua.
Contratos de agencia suscritos con las entidades aseguradoras (al menos dos).
Certificado de titularidad de la cuenta bancaria exclusiva para la gestión de fondos de los clientes 1.
Documento de consentimiento de la entidad aseguradora 2.
Información sobre la identidad de las personas que posean vínculos estrechos con el agente de seguros.
Documentos que acrediten la fecha de cancelación solicitada 3.
Justificante de estar al corriente en el pago de los seguros de responsabilidad civil o de caución, en su caso 4.
Certificación de los acuerdos de cese y nombramiento por el órgano de administración de la entidad de la/s persona/s
responsable/s de la distribución.
Escritura pública de constitución de la agrupación de interés económico o de la unión temporal de empresas y, en su caso,
las de modificación de la misma.
Adicionalmente, en el caso de personas jurídicas:
Escritura pública de constitución y, en su caso, las de modificación de la misma, inscritas en el Registro Mercantil o Registro
de Cooperativas.
Escritura pública, o en su caso, documento que hubiera servido para la inscripción del acto, inscrita en el Registro Mercantil
o Registro de Cooperativas.
Se aportará en el caso de que se gestionen fondos de clientes.
Suscrito por el representante legal de la entidad en el que se preste el consentimiento de la misma para que el solicitante pueda
suscribir contratos de agencia con otras aseguradoras. Se aportará en el caso de que el agente tuviera previamente un contrato de
agente exclusivo y aporta la cartera adquirida en dicha condición.
(3) En el supuesto de solicitar la cancelación con fecha de efecto anterior a la de solicitud, deberá acreditarse documentalmente el
cese de la actividad. En otro caso, se tomará como fecha de efecto la de entrada de la solicitud en el registro.
(4) Se aportará en caso de cancelación, cuando se realice la gestión directa del pago de primas de toda o parte de la cartera
intermediada respecto a contratos con entidades aseguradoras anteriores a la entrada en vigor del RDL 3/2020.

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

(1)

(2)

DOCUMENTOS EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Ejerzo el derecho a no presentar los siguientes documentos que obran en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de
sus Agencias, e indico a continuación la información necesaria para que puedan ser recabados:
Documento

Consejería/Agencia y Órgano

Fecha de emisión
o presentación

Procedimiento en el que se
emitió o en el que se presentó

1

2
3
4
5
6
7
8

DOCUMENTOS EN PODER DE OTRAS ADMINISTRACIONES
Ejerzo el derecho a no presentar los siguientes documentos que obran en poder de otras Administraciones Públicas, e indico a
continuación la información necesaria para que puedan ser recabados:
Documento

Administración Pública y Órgano

Fecha de emisión
o presentación

Procedimiento en el que se
emitió o en el que se presentó

1
2
3
4

6

7
8

00295218

006019

5

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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