3. Otras disposiciones. . (2024/9-16)
Orden de 22 de diciembre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, por la que se modifican y publican los formularios normalizados relacionados con el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 9 - Viernes, 12 de enero de 2024

página 40049/2

El proceso de validación a que se ha sometido a dichos formularios relacionados
con los procedimientos administrativos del Registro Administrativo de Distribuidores
de Seguros y Reaseguros de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con carácter
previo a su incorporación a la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta
de Andalucía, ha evidenciado la necesidad de modificar su redacción, así como las
características de diseño y funcionales a las que han de ajustarse los mismos conforme
a la citada Resolución de 17 de diciembre de 2020, y que pueden afectar a la correcta
cumplimentación por los interesados, por lo que se hace necesaria su adaptación y
adecuación, así como su correspondiente publicación.
Por todo lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Planificación, Política
Económica y Financiera, y en uso de las atribuciones conferidas por la disposición final
primera del Decreto 174/2023, de 11 de julio, por el que se regula el Registro Administrativo
de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y
el deber de información estadístico-contable,
RESU ELVO
Primero. Aprobación.
1. La presente orden tiene por objeto la aprobación de la modificación y la
publicación de los formularios relativos a los procedimientos administrativos relativos
al Decreto 174/2023, de 11 de julio, por el que se regula el Registro Administrativo de
Distribuidores de Seguros y Reaseguros de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y
el deber de información estadístico-contable, que se adjuntan como Anexos I a VII a la
presente orden.
2. Los formularios publicados mediante la presente orden se podrán obtener en el
Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía.
Segundo. Habilitación.
Se habilita a la persona titular del órgano directivo competente en materia de política
financiera para dictar las instrucciones y adoptar las medidas necesarias para la ejecución
de esta orden.
Tercero. Eficacia.
La presente orden surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de diciembre de 2023
CAROLINA ESPAÑA REINA

00295218

Consejera de Economía, Hacienda
y Fondos Europeos

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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