Disposiciones generales. . (2024/8-1)
Decreto-ley 1/2024, de 8 de enero, por el que se modifican diversos decretos por los que se establece el marco regulador de las ayudas que se concedan por la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales a empresas.
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Número 8 - Jueves, 11 de enero de 2024

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Desde la aprobación del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de
17 de junio de 2014, han sido varias las modificaciones que se han introducido en el
marco normativo europeo de referencia ya sea mediante las modificaciones del propio
Reglamento, o a través de los cambios en la calificación de Andalucía en el mapa de
ayudas de finalidad regional que debe adoptar la Comisión Europea para España de
conformidad con su texto. Estas modificaciones, a su vez, han implicado la necesidad
de actualizar el texto de los mencionados Decretos a los cambios introducidos en la
normativa europea de referencia. En este sentido se mencionan el Decreto 188/2016, de
20 de diciembre; Decreto 77/2018, de 10 de abril; Decreto 225/2020, de 29 de diciembre,
y el Decreto 252/2023, de 3 de octubre.
En este contexto de permanente reforma de la normativa europea en la que se
fundamentan los citados Decretos de ayudas, se ha producido con la publicación en el
Diario Oficial de la Unión Europea, el pasado 30 de junio de 2023, una nueva modificación
del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Esta reforma
se realiza por medio del Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio de
2023, por el que se modifican el Reglamento (UE) núm. 651/2014, por el que se declaran
determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación
de los artículos 107 y 108 del Tratado, y el Reglamento (UE) 2022/2473, por el que se
declaran determinadas categorías de ayuda a las empresas dedicadas a la producción,
transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura
compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Como indicó la Comisión Europea en el comunicado de prensa que acompañó la
adopción del Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión, el objetivo de este era seguir
facilitando, simplificando y agilizando el apoyo a las transiciones ecológica y digital de la
UE. En este sentido, con esta modificación se facilita a las Administraciones Públicas la
concesión de las ayudas necesarias a sectores clave en consonancia con el Plan Industrial
del Pacto Verde. En este contexto, pueden mencionarse las siguientes reformas que se
introducen en cada uno de los cuatro Decretos objeto de modificación: la ampliación de
la fórmula de cálculo de costes subvencionables mediante cálculo simplificado para los
proyectos ejecutados conforme a los planes de recuperación y resiliencia; la adopción de
nuevas reglas de acumulación en proyectos apoyados por el Fondo Europeo de Defensa;
el incremento de los umbrales de las ayudas a partir del cual es necesario notificar -lo
que amplía el importe de las ayudas en las que no es necesario contar con una Decisión
expresa de la Comisión Europea- o la inclusión del IVA en el cálculo de la intensidad de
ayuda y los costes subvencionables.
Como principales líneas de reforma introducidas por el Reglamento (UE) 2023/1315
de la Comisión, de 23 de junio de 2023, que se incorporan en el Decreto 114/2014, de 22
de julio, están la posibilidad de conceder ayudas al sector de la construcción naval y al
sector de las fibras sintéticas, sectores excluidos hasta la fecha, a la vez que se introduce
la prohibición de conceder ayudas al sector del lignito y a la banda ancha; se acomodan
determinadas definiciones del artículo 2 del Decreto a las modificaciones introducidas
por el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio de 2023; se introduce
una nueva configuración de lo que se define como proyecto único de inversión a nivel de
grupo, que queda limitado a los supuestos de inversión inicial relacionada con la misma
actividad o una actividad similar y no a cualquier inversión como ocurría en redacción
anterior y se incrementa el importe máximo de ayuda para grandes proyectos de inversión.
Como modificaciones adicionales que se introducen en el Decreto 115/2014, de 22
de julio, para adaptarlo al Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión se destacan la
acomodación del artículo 2 relativo a las definiciones; la posibilidad de que empresas
constituidas tras una operación de concentración puedan optar, bajo determinadas
condiciones, a las ayudas para la puesta en marcha de empresas previstas en el
artículo 8 del decreto; el incremento de los umbrales de ayuda que se recogen tanto
para las ayudas para la puesta en marcha de empresas así como la posibilidad de que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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