Disposiciones generales. . (2024/8-1)
Decreto-ley 1/2024, de 8 de enero, por el que se modifican diversos decretos por los que se establece el marco regulador de las ayudas que se concedan por la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales a empresas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Jueves, 11 de enero de 2024

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de conformidad con las letras a) a c) siguientes, sin que puedan combinarse las letras b)
y c) entre sí:
a) En 10 puntos porcentuales en el caso de las medianas empresas y en 20 puntos
porcentuales en el caso de las pequeñas empresas;
b) En 15 puntos porcentuales si se cumple alguna de las siguientes condiciones:
1.º Que el proyecto implique una colaboración efectiva:
- Entre empresas, al menos de las cuales una sea una pyme, o se desarrolle
en al menos dos Estados miembros, o en un Estado miembro y en una Parte
Contratante en el Acuerdo Espacio Económico Europeo, y que ninguna
empresa corra por sí sola con más del 70% de los costes subvencionables, o
- Entre una empresa y uno o varios organismos de investigación y difusión
de conocimientos, asumiendo estos como mínimo el 10% de los costes
subvencionables y teniendo derecho a publicar los resultados de su propia
investigación;
2.º 
Que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de
conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos
gratuitos o de fuente abierta,
3.º Q
 ue el beneficiario se comprometa a poner a disposición, a su debido tiempo,
licencias para los resultados de investigación de proyectos de Investigación y
Desarrollo subvencionados protegidos por derechos de propiedad intelectual,
a precios de mercado y de forma no exclusiva y no discriminatoria para su uso
por las partes interesadas en el Espacio Económico Europeo,
c) En 25 puntos porcentuales si el proyecto de Investigación y Desarrollo:
1.º Ha sido seleccionado por un Estado miembro a raíz de una convocatoria pública
para formar parte de un proyecto conjunto diseñado al menos por tres Estados
miembros o Partes Contratantes en el Acuerdo Espacio Económico Europeo e
2.º Implica una colaboración efectiva entre empresas en al menos dos Estados
miembros o Partes Contratantes en el Acuerdo EEE cuando el beneficiario
sea una pyme, o al menos en tres Estados miembros o Partes Contratantes en
el Acuerdo Espacio Económico Europeo cuando el beneficiario sea una gran
empresa y
3.º S
 i se cumple al menos una de las dos condiciones siguientes:
- Que los resultados del proyecto de Investigación y Desarrollo se difundan
ampliamente en al menos tres Estados miembros o Partes Contratantes en el
Acuerdo EEE por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso
o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta, o
- Que el beneficiario se comprometa a poner a disposición, a su debido tiempo,
licencias para los resultados de investigación de proyectos de Investigación y
Desarrollo subvencionados protegidos por derechos de propiedad intelectual,
a precios de mercado y de forma no exclusiva y no discriminatoria para su uso
por las partes interesadas en el Espacio Económico Europeo.»

Diez. Los apartados 1 y 2 del artículo 8 quedan redactados en los siguientes términos:
«1. La finalidad de las ayudas será la realización de inversiones para la construcción
o mejora de agrupaciones empresariales innovadoras o el funcionamiento de las mismas.
2. Podrán concederse ayudas a la inversión a los propietarios de las agrupaciones
empresariales innovadoras. Podrán concederse ayudas de funcionamiento a los gestores
de las agrupaciones empresariales innovadoras. Cuando sea distinto del propietario, el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00295143

Nueve. El apartado 5 del artículo 7 queda redactado en los siguientes términos:
«5. La intensidad de ayuda no deberá exceder del 50% de los costes subvencionables.
La intensidad de ayuda podrá aumentarse hasta el 60% a condición de que al menos dos
Estados miembros aporten la financiación pública o para una infraestructura de ensayo y
experimentación evaluada y seleccionada a escala de la Unión.»