5. Anuncios. . (2024/6-34)
Resolución de 3 de enero de 2024, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 20 de diciembre de 2023, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento para el ingreso en los Másteres Universitarios que se impartan en el curso 2024-2025 dirigido, exclusivamente, a personas en posesión de un título universitario extranjero no homologado.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Martes, 9 de enero de 2024

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- Asimismo, y con objeto de poder trasladar la nota media del expediente académico
del interesado a la correspondiente al sistema español:
• Certificación del expediente académico oficial donde consten expresamente las
calificaciones y duración –expresada en créditos o en meses– obtenidas en
las asignaturas, incluido en su caso, el proyecto o trabajo fin de carrera que le
permite el acceso al Máster o Másteres que solicita, con indicación expresa de
la nota media final de los estudios.
• Certificado emitido por la universidad u organismo oficial del país de origen
donde figure la nota mínima para dar por superada una asignatura, así como la
calificación máxima que es posible obtener.
De no presentar el primer documento o el segundo, se considerará la calificación
mínima aprobatoria.
Para ambos apartados (1 y 2): Documento que acredite que el título extranjero que
alega para el acceso le faculta en dicho país para cursar estudios de posgrado. Este
documento será emitido por organismo oficial del país extranjero emisor del título y se
ajustará, al menos, al contenido del documento del Anexo II que estará disponible en el
sitio web de presentación de solicitudes.
Toda la documentación que se solicita en estos apartados deberá aportarse en el
momento de la presentación de la solicitud, en su caso, traducida al idioma español,
aunque no necesariamente traducida por persona traductora jurada y/o legalizada. Todo
ello sin menoscabo de que pueda ser requerida a la persona interesada en aplicación
de lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, en el momento de efectuar la matrícula, o cuando se lo requiera
expresamente la universidad, se deberá entregar el original y fotocopia, de todos los
documentos que dieron lugar a los correspondientes documentos electrónicos que se
necesitó adjuntar a la solicitud para participar en el proceso y si así se le requiriese,
traducida por persona traductora jurada y/o legalizada según los acuerdos suscritos por
el país emisor del título.
La aportación de documentación que se compruebe no veraz o falsificada conllevará
la exclusión inmediata del procedimiento de admisión, sin perjuicio de las acciones
legales que pudieran emprenderse por presuntos delitos de falsedad documental.
b) De carácter específico.
Las personas solicitantes deberán adjuntar en formato electrónico durante el plazo
de solicitud la documentación específica, que pudiese requerir cada Máster solicitado
y, en su caso, traducida al idioma español, aunque no necesariamente traducida por
persona traductora jurada y/o legalizada. De la necesidad de esta documentación se dará
publicidad, al menos, desde el inicio del plazo de presentación de solicitudes hasta la
finalización del proceso en la dirección web: https://lajunta.es/portaldua.
No obstante, en el momento de efectuar la matrícula o cuando se lo requiera
expresamente la universidad, se deberá entregar el original y fotocopia de la
documentación específica que deberá entregarse, en su caso y si así se le requiriese,
traducida por persona traductora jurada y/o legalizada según los acuerdos suscritos por
el país emisor de los documentos.
CAPÍTULO III

Artículo 5. Plazos.
Los plazos son los contemplados en el Anexo I de este acuerdo.
Las solicitudes serán atendidas en los plazos que se especifican en el citado
Anexo I. No obstante, si se recibiesen solicitudes con anterioridad a la publicación de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Plazos