Disposiciones generales. . (2024/5-1)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se convoca curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva establecido en el artículo 134.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 5 - Lunes, 8 de enero de 2024

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actualización de competencias directivas para el desarrollo de la función directiva de los
regulados en el Real Decreto 894/2014, de 17 de octubre.
2. Según establece el artículo 4.5 del Decreto 152/2020, de 15 de septiembre, la
participación del personal funcionario de carrera tendrá en todo caso carácter prioritario
si bien, las plazas vacantes que no hayan podido cubrirse, podrán ser ocupadas, en su
caso, por personal funcionario interino, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3.1. del
Real Decreto 894/2014, de 17 de octubre.
3. El profesorado que participe en esta convocatoria solo optará a una de las plazas
asignadas para la zona educativa y tipo de centro en el que presta servicios en el
presente curso. El personal que participe desde algún puesto técnico o servicio de la
administración educativa optará a las plazas de la zona educativa en la que se encuentre
adscrito su centro de trabajo y al cuerpo en que se halle activo.
4. A tenor de la disposición adicional única del citado real decreto, quienes estén en
posesión de un máster o título de postgrado, ambos de carácter oficial, sobre dirección
y gestión de centros docentes, quedarán exentos de la realización y evaluación de todos
los módulos troncales y de los módulos específicos, a excepción del Módulo I. Proyecto
de dirección, reflejado en su anexo II, no computando, a efectos de asignación de plazas,
quienes participen por este apartado.

Quinto. Entrega de méritos.
La documentación justificativa de los méritos, de conformidad con lo dispuesto en los
apartados del baremo, se adjuntará en formato PDF unido a la solicitud. En caso de estar
en posesión de un máster o título de postgrado, ambos de carácter oficial, sobre dirección
y gestión de centros docentes, de los citados en el punto Tercero Apartado 4, se hará
constar en la solicitud y se adjuntará a la misma en dicho formato.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. Forma de participación y plazo de presentación de solicitudes.
1. Forma de participación.
En aplicación de lo recogido en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de
administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa
de la Junta de Andalucía, en relación con el artículo 14.2 e) de la Ley 39/20015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
la Consejería competente en materia de educación establecerá las medidas oportunas
tendentes a que este procedimiento pueda llevarse a cabo mediante el uso generalizado
de las tecnologías de la información y la comunicación. Es por ello que quienes participen
en este procedimiento deberán cumplimentar el formulario asociado a la solicitud que
se facilitará a través del portal docente de la Consejería con competencia en materia
educativa (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portaldocente/). Dicho formulario
se deberá cumplimentar a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto, de
acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyen.
Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Delegación Territorial de la
provincia en la que la persona interesada se encuentre prestando servicios. Las personas
interesadas deberán disponer para ello de un certificado electrónico reconocido expedido
por cualquiera de los prestadores de servicios de certificación cuyos certificados
reconoce la Administración de la Junta de Andalucía. Igualmente se podrán presentar
utilizando el usuario Idea para acceder al portal docente y la tarjeta DIPA para la firma.
No serán válidas las solicitudes presentadas por esta vía que no completen el proceso de
presentación fijado, debiendo obtenerse el resguardo de solicitud firmado y sellado que
la persona interesada deberá conservar para acreditar la presentación en plazo y forma.
2. Plazo de presentación.
El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía.