3. Otras disposiciones. . (2024/5-29)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la gestión de los recursos humanos de la Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN). Ejercicio 2020.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 5 - Lunes, 8 de enero de 2024

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El Art. 16.1 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, modificado
por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de esta materia, establece
la prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión, tanto en el
conjunto de las actividades como en todos los niveles jerárquicos, a través de la implantación y
aplicación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, que deberá incluir la estructura
organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y
los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en los términos que
reglamentariamente se establezcan.
De conformidad con el Art. 2.1 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el
Reglamento de los Servicios de Prevención, en la redacción dada por el Real Decreto 604/2006, de
19 de mayo, el Plan es la herramienta a través de la cual se integra la actividad preventiva de las
distintas Consejerías, agencias administrativas y agencias de régimen especial, en el sistema general
de gestión de estas.
El Decreto 304/2011, de 11 de octubre, por el que se regula la estructura organizativa de prevención
de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la JA determina que el Plan
es el principal objeto y expresión de la política de prevención de riesgos laborales de la
Administración de la JA, por lo que debe desarrollarse y operar necesariamente en el ámbito de las
Consejerías, agencias administrativas y agencias de régimen especial y, por tanto, cada una de éstas
han de elaborar, aprobar y aplicar en sus centros y unidades un plan de prevención.
Asimismo, en su Disposición adicional primera, se establece que en el en el plazo de un año, a partir
de la aprobación de la guía técnica30, las agencias de régimen especial deberán aprobar su Plan de
Prevención de Riesgos Laborales, y en ese mismo plazo se aprobará la RPT correspondiente a la
estructura preventiva necesaria definida en cada Plan.

6.2.5. Transparencia y Publicidad
A.44.

La revisión de los contenidos que han sido publicados conforme se prescribe en las leyes sobre
transparencia y publicidad, se ha realizado en el Portal de la Transparencia de la JA, la web de la
Agencia y la web del Empleado Público.
La web de la Agencia habilita un enlace al Portal de la JA, tal y como prescribe el Consejo de
Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, mediante la Resolución PA-166/2019, de 4 de
julio.

A.45.

El Decreto 289/2015, de 21 de julio, por el que se regula la organización administrativa en materia
de transparencia pública en el ámbito de la Administración de la JA y sus entidades instrumentales,
determina, en el Art. 3, a las personas titulares de los órganos directivos que establezcan sus
estatutos y, en su defecto, la persona que ejerza la máxima responsabilidad de la entidad,
responsables de elaborar, grabar en los sistemas de información y poner a disposición de las
Unidades de Transparencia, los contenidos necesarios para dar cumplimiento a las obligaciones de
publicidad activa.
30

00295000

En el plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigor del Decreto se aprobará la guía técnica, la cual establece las bases y
criterios para la elaboración del Plan.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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