3. Otras disposiciones. . (2024/5-29)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la gestión de los recursos humanos de la Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN). Ejercicio 2020.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 5 - Lunes, 8 de enero de 2024

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- Modificaciones erróneas en los registros y sin autorización, al no existir accesos delimitados
para los usuarios responsables.
- No exportación de la información del sistema CRONO (sistema que da soporte al control de
presencia) al SIRhUS.
- Falta en la exigencia de la presentación por parte de los empleados de los justificantes y en el
seguimiento de la unidad gestora sobre los datos registrados. (§A.18)

5. RECOMENDACIONES
43

La Cámara de Cuentas de Andalucía recomienda la adopción de las medidas expuestas en este
epígrafe que van orientadas a propuestas de mejora para la organización. La implantación de estas
recomendaciones podrá ser objeto de alcance en futuros informes de fiscalización que tengan
como objetivo el seguimiento específico de este informe, las recomendaciones por materias o
cualquier otro asunto relacionado con el mismo.
En observancia de la “Guía práctica para la elaboración de recomendaciones”17 elaborada por la
Cámara de Cuentas de Andalucía, se ha consignado una prioridad alta o media a cada
recomendación propuesta, teniendo en cuenta si se trata de una deficiencia significativa o una
debilidad material. En el caso de una prioridad alta, se requiere una atención urgente de la dirección
para implantar controles y, en su caso, procedimientos que mitiguen los riesgos identificados en
forma de conclusiones. Para una prioridad media, la dirección deberá establecer un plan de acción
concreto para resolver la deficiencia observada en un plazo razonable.
Las recomendaciones van dirigidas a los órganos de gobierno y dirección de la entidad:

44

Revisar los complementos retributivos abonados al Director de la ATRIAN, al objeto de justificar y
regularizar la asignación de las cinco retribuciones complementarias (complemento específico,
productividad y los tres conceptos que conforman el complemento de diferencia retributiva:
productividad, mejor desempeño y objetivos) que se otorgan con la misma naturaleza e idéntica
finalidad: retribuir la especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, e incompatibilidad
exigible para el desempeño del puesto o las condiciones en que se desarrolla este trabajo.
Asimismo, es necesario la aprobación de unos criterios para la distribución de la correspondiente
productividad a los altos cargos, con el fin de otorgar fundamentación legal a la naturaleza de este
complemento, así como, evitar que las dotaciones se asignen con carácter discrecional y se ajusten
a la exigencia legal de concederla de forma objetiva. (§ 26) (prioridad alta)

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de forma veraz y actualizada. La Agencia, como responsable bajo la coordinación de la Unidad de
Transparencia perteneciente a la Consejería de la que dependan, del cumplimiento de las
obligaciones relacionadas con la publicidad activa, debe revisar el contenido de la información a
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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