3. Otras disposiciones. . (2024/5-29)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la gestión de los recursos humanos de la Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN). Ejercicio 2020.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 5 - Lunes, 8 de enero de 2024

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La información sobre los efectivos registrados a 31/12/2020 presenta un total de 771, seis
menos de los 777 efectivos reales (§Cuadro nº 1). No se incluye a la GP Córdoba, ni a tres
funcionarios y a dos interinos del programa “Lucha contra el fraude fiscal, adscritos a la GP
de Granada.

En el resto de las fuentes de información consultadas constan las siguientes diferencias, de las que
no se ha obtenido justificación, al respecto:
-

A la fecha de redacción de este informe, la información publicada en el Portal de la
Transparencia refleja diferencias con las 1078 plazas de la RPT. (§29 y §Cuadro nº4)

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Con relación a la plantilla presupuestaria, la Memoria de las Cuentas Anuales y el Anexo de
Personal del año 2020, reflejan una dotación presupuestaria con una diferencia de tres
plazas más. Una de ellas queda justificada por la doble dotación de una plaza en la G.P de
Almería para cubrir a un liberado sindical. (§Cuadro nº 6)

-

Respecto a los efectivos adscritos a la Agencia a 31/12/2020, el PAA refleja769 efectivos,
ocho menos de los 777 efectivos reales y la Memoria de las Cuentas Anuales refleja una
diferencia de cinco efectivos menos. (§Cuadro nº 7)
Hay que señalar que, la Memoria no distingue los funcionarios de los laborales ni especifica
que se están incluyendo 30 plazas del programa de “Lucha contra el fraude fiscal” que, al
no ser puestos de la RPT, pueden distorsionar la tasa de ocupación de plazas dotadas
presupuestariamente.

Sobre el control interno
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Las siguientes previsiones de la normativa, que conforma el régimen jurídico de la ATRIAN, resultan
confusas debido a la falta de actualización o concreción del contenido que regulan:
-

El Art. 12.2 k) del Estatuto de la ATRIAN, en desarrollo con lo dispuesto en el Art. 16.4 de la
Ley de creación16, prevé que corresponde a la Presidencia establecer las condiciones de
trabajo del personal de la Agencia previa negociación con las organizaciones sindicales. (§
Anexo 7.1)
Las condiciones de trabajo del personal de la Agencia son las establecidas por la JA para el
personal de la Administración General, dado que el personal adscrito es funcionario o
laboral.

-

El Art.12.2. l) del Estatuto de la ATRIAN expone que, la Presidencia puede convocar y
resolver, de acuerdo con la correspondiente OEP, las pruebas selectivas del personal
funcionario correspondiente a las especialidades previstas en disposiciones derogadas
(disposiciones adicionales primera, segunda y tercera de la Ley 23/2007). (§ Anexo 7.1)

16

00295000

El Art. 16.4 de la Ley de creación, prevé que la persona titular de la Presidencia, a propuesta de la titular de la Dirección, establecerá
las condiciones de trabajo del personal de la Agencia.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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