3. Otras disposiciones. . (2024/5-28)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la asistencia jurídica gratuita. Ejercicio 2021.
80 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 5 - Lunes, 8 de enero de 2024

página 39/5

Estas prestaciones se organizan por parte de los colegios de abogados y de procuradores de
tribunales en turnos de oficio. Además, los colegios de abogados cuentan con un turno de guardia
permanente para la prestación del servicio de asistencia letrada al detenido y otro de orientación
jurídica.
6

El apéndice 8.6.1. contiene información sobre la liquidación presupuestaria de las
compensaciones económicas pagadas a los colegios profesionales por las prestaciones de la
asistencia jurídica gratuita. Los créditos iniciales destinados en los últimos ejercicios han sido de
49,14 M€ en 2021 y 48,94 M€ en 2022.

1.2. Objetivo y alcance de fiscalización
7

El objetivo de esta fiscalización es expresar una opinión, en términos de seguridad razonable,
sobre si la gestión de la asistencia jurídica gratuita resulta conforme, en todos los aspectos
significativos, con el marco normativo aplicable.

8

El alcance objetivo lo integran las siguientes materias fiscalizadas:
1) El procedimiento para el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita.
2) El régimen de funcionamiento de los órganos que intervienen en el mismo.
3) Las compensaciones económicas que se derivan de la prestación de los servicios de asistencia
jurídica gratuita.
La fiscalización del apartado 1) ha requerido, entre otras pruebas de auditoría, la obtención de
una muestra de expedientes de reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita. En
el apéndice 8.3.3.1. se explica la metodología seguida para su selección. A su vez, el anexo 9.2.
detalla las incidencias en cada uno de los expedientes de la muestra y su correspondencia con
los puntos del informe que las tratan.
El alcance subjetivo comprende la consejería competente en materia de justicia, la actual
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. Más concretamente, forman parte
de este alcance la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, las Comisiones de Asistencia
Jurídica Gratuita (adscritas a las delegaciones territoriales de la citada consejería) y las Comisiones
Mixtas entre la Administración de la Junta de Andalucía y los Consejos Andaluces de Abogados y
de Procuradores de los Tribunales. (§11, 12, 13)

10

El ámbito temporal del trabajo está referido al ejercicio 2021. De conformidad con la normativa
de aplicación, las compensaciones económicas por los servicios prestados se liquidan por
trimestres vencidos. De esta forma, los pagos de los primeros tres trimestres fueron imputados
al presupuesto de 2021 y el pago del cuarto trimestre al presupuesto de 2022.

00295002

9

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja