Disposiciones generales. . (2024/4-1)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se da publicidad a las directrices generales del Plan de Control Tributario para 2024.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
8 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Viernes, 5 de enero de 2024

página 40303/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS

La actividad de aplicación de los tributos comprende, de acuerdo con el artículo 83.1
de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante LGT), todas
las actividades administrativas dirigidas a la información y asistencia a los obligados
tributarios y a la gestión, inspección y recaudación, así como las actuaciones de los
obligados en el ejercicio de sus derechos o en cumplimiento de sus obligaciones
tributarias. La ejecución de las previsiones de ingresos y el producto obtenido, la
recaudación tributaria, es, por tanto, el resultado del desarrollo de todas las actividades
administrativas que integran la actividad de aplicación de los tributos. Por su parte, el
apartado 3 del citado precepto establece que la aplicación de los tributos se desarrollará
a través de los procedimientos administrativos de gestión, inspección y recaudación,
correspondiendo a cada Administración tributaria determinar su estructura administrativa
para el ejercicio de la aplicación de los tributos.
El artículo 116 de la LGT dispone que la Administración tributaria elaborará
anualmente un Plan de Control Tributario (PCT) que tendrá carácter reservado, aunque
ello no impedirá que se hagan públicos los criterios generales que lo informen.
En idéntico sentido, el artículo 170 del Reglamento General de las actuaciones y
procedimientos de gestión, inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de
los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007,
de 27 de julio, dispone que la planificación es el conjunto de planes y programas definidos
sobre sectores económicos, áreas de actividad, operaciones y supuestos de hecho,
relaciones jurídico-tributarias u otros, conforme a los que los órganos de inspección
desarrollan su actividad, de manera tal que cada Administración tributaria integrará en el
Plan de Control Tributario al que se refiere el artículo 116 de la LGT, el plan o los planes
de inspección, que se basarán en los criterios de riesgo fiscal, oportunidad, aleatoriedad
u otros que se estimen pertinentes.
El Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía (en adelante la Agencia), aprobado
por Decreto 4/2012, de 17 de enero, regula en su artículo 27 los planes de control
tributario. En el mismo se dispone que «La Dirección de la Agencia elaborará y aprobará
el plan anual de control tributario de acuerdo con las directrices que se establezcan en el
plan de acción anual».
Por su parte, el Contrato de Gestión 2023-2026, aprobado por Acuerdo del Consejo
de Gobierno de 4 de julio de 2023, identifica los objetivos estratégicos y operativos que
van a regir su actuación durante este período. Para la consecución de estos objetivos, se
llevarán a cabo las actividades programadas en el Plan de Acción Anual para 2024, cuya
ejecución se encuentra condiciona a la capacidad operativa de la ATRIAN.
En el Plan de Acción Anual, cuya aprobación corresponde al Consejo Rector de la
Agencia de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se
crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales, se deben incluir
las directrices generales para la elaboración del PCT.
El Plan de Control Tributario es un instrumento básico y fundamental en la gestión y
el control desarrollado por las diferentes áreas funcionales de la aplicación de los tributos
de la Agencia, considerando las responsabilidades en el ámbito del control tributario
encomendadas a cada una de ellas, como son la investigación y detección del fraude
fiscal y el diseño de las líneas estratégicas para combatirlo y evitarlo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294953

Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección de la Agencia Tributaria
de Andalucía, por la que se da publicidad a las directrices generales del Plan de
Control Tributario para 2024.