3. Otras disposiciones. . (2024/4-9)
Orden de 29 de diciembre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, por la que se traspasan a la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) las relaciones jurídicas, derechos, obligaciones y personal de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) no afectos a los fines del artículo 15 de la Ley 9/2021, de 23 de diciembre, y se articula el procedimiento a seguir para el traspaso del resto de relaciones jurídicas, derechos, obligaciones y personal.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Viernes, 5 de enero de 2024

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Una vez producido el traspaso descrito en el anterior numeral primero, el procedimiento
establecido para el progresivo traspaso de derechos, obligaciones y personal a medida
que vayan finalizando las tareas previstas en el artículo 15 será el siguiente:
1. El informe semestral sobre operaciones realizadas y previsiones de finalización del
proceso de liquidación de la Agencia IDEA al que hace referencia el artículo 15.2 de la
Ley 9/2021, de 23 de diciembre, incorporará un anexo en el que, con base en los avances
realizados en el proceso de liquidación, se elevará a la persona titular de la Consejería
competente en materia de promoción económica una propuesta de actividades a
traspasar a la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico
(TRADE). El traspaso de las actividades concretas será acordado mediante orden de la
persona titular de la Consejería competente en materia de promoción económica.
2. La ejecución de las citadas órdenes se delega, de manera conjunta, en las
Direcciones Generales de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA),
y de la Agencia para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), debiendo
dictarse cuantas resoluciones administrativas conjuntas sean necesarias para la fijación
de la relación concreta de las relaciones jurídicas, derechos, obligaciones y personal que
se integrarán en la Agencia para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
3. A la liquidación de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA)
pasarán a la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico
(TRADE) los restantes derechos, obligaciones y personal no incorporados en las
sucesivas órdenes anteriores.
Cuarto. Inventario de bienes muebles y propiedades inmateriales.
Hasta tanto no se proceda al cierre de las cuentas anuales de la Agencia de
Innovación y Desarrollo de Andalucía correspondientes al ejercicio 2020, en cumplimiento
de sus obligaciones de contabilidad financiera, con identificación de un inventario de
bienes muebles y sus correspondientes registros contables, no podrá registrarse la baja y
consiguiente alta de activos y pasivos en la Agencia Empresarial para la Transformación
y el Desarrollo Económico (TRADE). A tal efecto resulta un requisito indispensable para
la determinación de las concretas relaciones jurídicas, derechos y obligaciones que
serán objeto de subrogación, la previa depuración de la situación física y jurídica de los
bienes y derechos objeto de subrogación, tal y como exige el apartado 1 de la disposición
adicional primera del citado Decreto 69/2023, de 21 de marzo.
Hasta ese momento, del que se dejará constancia en la correspondiente orden de
traspaso, se formalizarán actas por los Directores Generales de ambas entidades con
una relación de activos que están siendo objeto de uso por la Agencia Empresarial para
la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), que tendrán la consideración
de cesión de uso sin traspaso de su titularidad hasta tanto se proceda al cierre de las
cuentas anuales de la Agencia y se formalice el traspaso.

Sexto. Representación en entidades.
Hasta tanto se adopte el correspondiente acuerdo por el Consejo de Gobierno, en
aplicación de lo previsto en la disposición transitoria primera, apartado 6, de la Ley 9/2021,
de 23 de diciembre, y de conformidad con lo previsto en el artículo 52.4 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, la Agencia Empresarial
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294961

Quinto. Colaboración entre las entidades.
Durante todo el proceso de traspaso progresivo de personal, derechos y obligaciones
desde la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía a la Agencia Empresarial para
la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), ambas entidades colaborarán
para la consecución de sus respectivos fines de interés público optimizando el empleo de
sus medios personales y materiales.
A tal efecto se instrumentarán los oportunos instrumentos jurídicos que regulen las
relaciones de colaboración entre ambas entidades para la optimización del empleo de sus
recursos, con base en la aprobación y seguimiento de planes semestrales de actuación.