3. Otras disposiciones. . (2024/3-15)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa Valoriza Servicios Medioambientales, S.A., concesionaria del servicio público de limpieza viaria en el municipio de Mairena del Aljarafe, mediante el establecimiento de los servicios mínimos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 3 - Jueves, 4 de enero de 2024

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enero proponen 54% del servicio ordinario por la mañana, más un total de 13 operarios
destinados al servicio de limpieza especial de la Cabalgata de Reyes.
Vistas las propuestas de las partes, la Delegación Territorial de esta Consejería
en Sevilla procede a elaborar la correspondiente propuesta de regulación de servicios
mínimos que eleva a esta Dirección General en fecha 28 de diciembre de 2023, que se
considera adecuada en base a los siguientes criterios:
Primero. La importancia de los bienes y derechos constitucionales, antes citados,
susceptibles de ser afectados por la presente huelga, puesto que la empresa es
concesionaria del servicio público de limpieza viaria. Esto es, la actividad que realiza la
empresa se considera claramente un servicio esencial para la comunidad, no existiendo
alternativas al servicio prestado.
Segundo. Se han considerado las fechas especiales en las cuales se desarrollará
la huelga, las fiestas de fin de año y la Cabalgata de Reyes, siendo previsible una
gran afluencia de visitantes y de público en las zonas comerciales y de ocio y por las
calles por las que discurre la cabalgata por lo cual se deben garantizar las condiciones
higiénico-sanitarias de la población en general, teniendo en cuenta que en este caso está
especialmente afectado el sector de hostelería y comercio.
Tercero. Los precedentes administrativos de regulación de servicios mínimos en
supuestos similares, entre los que destaca la Resolución de 21 de diciembre de 2023, de
la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral (BOJA núm. 247, de 28 de
diciembre de 2023), teniendo en cuenta que en este caso la huelga tiene lugar en días
muy concretos con eventos especiales.
Por estos motivos, entendiendo que con ello se garantiza el adecuado equilibrio
entre los derechos de los ciudadanos y el derecho de los trabajadores a realizar el
efectivo ejercicio de la huelga, el contenido de esta regulación es el que consta en el
anexo, regulación que se establece de conformidad con lo que disponen las normas
aplicables: Artículo 28.2 de la Constitución; artículo 63.1.5.º del Estatuto de Autonomía
para Andalucía; artículo 10, párrafo 2.º, Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo; Real
Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo; Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de
Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto; Decreto
155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que
se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,

Primero. Establecer los servicios mínimos, que figuran en el anexo de esta resolución,
para regular la situación de huelga convocada en la empresa Valoriza Servicios
Medioambientales, S.A., en la localidad de Mairena del Aljarafe, de la provincia de Sevilla.
La huelga se llevará a cabo los días 1, 5 y 6 de enero, desde las 00:00 a las 24:00 horas,
afectando a todas las personas trabajadoras de los centros de trabajo de la empresa en
Mairena del Aljarafe.
Segundo. Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para
el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos determinados serán considerados
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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RESU ELVO