3. Otras disposiciones. . (2024/3-14)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se acuerda la intervención prevista en el artículo 21.2 del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, en el desarrollo de las actuaciones y procedimientos de aplicación de los tributos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 3 - Jueves, 4 de enero de 2024

página 40305/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS

Mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de julio de 2023, se aprueba el Contrato
de Gestión de la Agencia Tributaria de Andalucía para el período 2023-2026. Este
contrato de gestión tiene por objeto regular la actividad de la ATRIAN para el período
2023-2026, identificando los objetivos estratégicos que van a regir su actuación durante
este período, los objetivos operativos de cada uno de los años de duración de este, las
áreas de desempeño y resultado, los proyectos estratégicos, así como los indicadores
que van a medir el grado de consecución de los objetivos propuestos.
El contrato de gestión, fija 3 objetivos estratégicos (O.E.):
A. Mejora de las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal.
B. Mejora de la gobernanza fiscal.
C. Mejora de la gestión de los recursos asignados a la Agencia.
El objetivo estratégico C. Mejora de la gestión de los recursos asignados a la
Agencia, dirige la estrategia global de la Agencia para optimizar la capacidad operativa
de la organización, integrada por el conjunto de los recursos personales, presupuestarios,
materiales y tecnológicos que se le asignen en cada ejercicio.
Para la consecución de este objetivo la Agencia ha diseñado 4 áreas de desempeño
y resultado (ADR). A través de la ADR Gestión eficiente del capital humano, se pretende
consolidar un conjunto de buenas prácticas que asegure una gestión eficiente del capital
humano con el propósito de mejorar la capacidad operativa de la entidad y adaptarla a las
necesidades de la sociedad.
En relación con los objetivos operativos (O.O.), el OO.C.1.3. Reestructurar la
organización de la Agencia Tributaria, fija el objetivo de la Agencia de adaptar su estructura
orgánica y funcional a los cambios del entorno económico, social, normativo y tecnológico
con el propósito de optimizar su capacidad operativa, mejorar la calidad de los servicios
que ya ofrece a la ciudadanía, configurar nuevos productos y funcionalidades tomando
en consideración el perfil de usuario y disponer de mayor flexibilidad para gestionar los
riesgos inherentes al desarrollo de su actividad.
En este sentido el Proyecto Estratégico PE 16, «reasignación de recursos» completa
la relación de iniciativas planificadas por la Agencia para reestructurar la organización
con el propósito de realizar una gestión eficiente del capital humano.
A tal efecto, resulta esencial monitorizar las necesidades reales de la entidad en
cada momento, la capacidad operativa disponible y el impacto que los cambios en el
entorno normativo, económico, social y tecnológico pueda provocar en los procesos
y procedimientos que utiliza la Agencia para desarrollar su actividad, con el propósito
de determinar si la asignación de recursos humanos es adecuada para alcanzar la
referencia de cumplimiento fijada para un determinado objetivo o si, por el contrario,
resulta necesario realizar una reasignación de los recursos destinados inicialmente para
la realización de una actividad o tarea o para la prestación de un servicio concreto.
En conexión con lo anterior, el proceso de reasignación de efectivos dota a la
organización de la flexibilidad necesaria para realizar ajustes en el proceso de asignación
de cargas de trabajo con la finalidad de mejorar el grado de cumplimiento de los objetivos
previstos en la planificación de la Agencia y permitir a la organización adaptarse a los
cambios que puedan afectar a su capacidad operativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00294957

Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección de la Agencia Tributaria
de Andalucía, por la que se acuerda la intervención prevista en el artículo
21.2 del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, en el desarrollo de las
actuaciones y procedimientos de aplicación de los tributos.