3. Otras disposiciones. . (2024/2-50)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2024, una vez aprobado por el Consejo Social.
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Número 2 - Miércoles, 3 de enero de 2024

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que ser registrados, de forma paralela, como provisiones en el pasivo del balance. En el
caso de que el pago de alguna de estas remuneraciones sea objeto de externalización
(por ejemplo, a través de una póliza de seguro colectivo), los pagos o las primas
correspondientes a cada año se registrarán como gastos de personal.
8.3 Gastos financieros.
Los gastos financieros se registrarán cuando se devenguen de acuerdo al tipo de
interés efectivo de las operaciones de endeudamiento concertadas por la Universidad.
Los gastos financieros podrán ser objeto de activación, si cumplan todas las condiciones
establecidas para ello en el Plan General de Contabilidad Pública, hasta el momento
en que los elementos del inmovilizado material se encuentren en las condiciones de
servicio y uso al que está destinado, tal como se señala en el apartado 1.1 del presente
documento.
8.4 Subvenciones concedidas.
Las transferencias y subvenciones concedidas por la Universidad se contabilizarán
como gastos en el momento en que se tenga constancia de que se han cumplido
las condiciones establecidas para su percepción, sin perjuicio de la imputación
presupuestaria de las mismas, que se efectuará cuando se dicten los actos administrativos
correspondientes.
Cuando al cierre del ejercicio esté pendiente el cumplimiento de alguna de las
condiciones establecidas para su percepción, pero no existan dudas razonables sobre
su futuro cumplimiento, se deberá dotar una provisión por los correspondientes importes,
con la finalidad de reflejar el gasto. Por tanto, al final del ejercicio la Universidad debe
revisar detenidamente sus compromisos en lo que se refiere a subvenciones, de forma
que, si un ente beneficiario ha cumplido sustancialmente las condiciones ligadas a la
concesión, habrá de reconocer en la fecha de cierre tales compromisos, así como los
gastos asociados.
En el caso de que la Universidad asuma deudas de otros entes, la Universidad
deberá reconocer la subvención concedida en el momento en que entre en vigor la
norma o el acuerdo de asunción, registrando como contrapartida el pasivo surgido como
consecuencia de esta operación
8.5 Otros gastos.
Los gastos por suministros (agua, gases, teléfono, etc.) deben ser objeto de
periodificación al cierre del ejercicio contable. En unos casos esto implicará que ciertos
gastos contabilizados, por haber sido satisfechos, pertenecen a ejercicios posteriores y
son pagos anticipados, mientras que en otros el reconocimiento de los gastos devengados
desde la fecha de la última factura hasta el cierre constituyen deudas con los proveedores
o suministradores correspondientes.
8.6 Correcciones de valor de existencias y de créditos y partidas a cobrar.
La valoración posterior de las existencias se realizará por el inferior valor de su
valor realizable neto y su valor en libros determinándose, en su caso, la necesidad de
contabilizar correcciones valorativas por deterioro de valor. En el caso de las materias
primas, la anterior comparación se realizará con su precio de reposición, en lugar de
su valor realizable neto, salvo que se espere que los productos terminados a los que
se incorporen sean vendidos a su coste de producción o por encima de él. Tampoco se
deteriorarán los bienes que hubieren sido objeto de un contrato de venta o de prestación
de servicios en firme, a condición de que el precio de venta estipulado en dicho contrato
cubra, como mínimo, el precio de adquisición o el de coste de producción de tales bienes,
más todos los costes pendientes de realizar que sean necesarios para la ejecución del
contrato.
En el caso de los créditos y partidas a cobrar, al menos al cierre del ejercicio, deberán
efectuarse las correcciones valorativas necesarias, siempre que exista evidencia objetiva
de que el valor de un crédito o de un grupo de créditos con similares características de
riesgo valorados colectivamente, se ha deteriorado como resultado de uno o más sucesos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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