3. Otras disposiciones. . (2024/2-50)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2024, una vez aprobado por el Consejo Social.
136 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Miércoles, 3 de enero de 2024

página 19509/116

Bienes no Inventariables.
- El material ligero de oficina (p.e. grapadoras, carpetas, calendarios, objetos de
sobremesa, etc.)
- El material ligero de vidrio de los laboratorios (matraces, pipetas, etc.)
independientemente de su coste, excepto los que dispongan de dispositivos susceptibles
de reparación, en los que se seguirá el criterio económico.
- El material fungible, independientemente de su coste.
- El material de repuesto de máquinas, instalaciones y equipos (p.e. cables, enchufes,
baterías).

Artículo 32. Adquisición por compra.
a) Si el Justificante de Gasto se tramita por la Unidad Administrativa responsable del Gasto.
Cuando la Unidad Administrativa recepciona el bien y tramita el Justificante de Gasto,
deberá cumplimentar la ficha de inventario en el Programa Universitas XXI Económico.
b) Si el Justificante de Gasto se tramita por un Servicio distinto a la Unidad
Administrativa responsable del Gasto.
Existen varios casos en los que las Unidades Administrativas responsables del Gasto no
tramitan los correspondientes Justificantes de Gasto, sino que los tramitan otros Servicios:
Servicio de Contratación y Gestión Patrimonial. Los Justificantes de Gasto serán
tramitados por este Servicio en los siguientes supuestos:
a) Por tratarse de material homologado.
Existen bienes que se encuentran homologados por el Ministerio de Hacienda y por
la Junta de Andalucía.
La clasificación de estos bienes, se puede consultar en la página web del Servicio de
Contratación y Gestión Patrimonial, ya que puede sufrir variaciones anuales.
Si se va a adquirir alguno de ellos, las unidades administrativas que tramitan los
pedidos de los Centros de Gasto, deberán ponerse en contacto con el Negociado de
Suministros - Servicio de Contratación y Gestión Patrimonial- donde le indicarán si la
marca y el modelo que desean adquirir se encuentra homologado, y le facilitarán la
referencia y el precio.
Si por el contrario no estuviese homologado, se buscaría uno de similares
características que si figurara en el catálogo.
En el caso de que, por necesidades específicas de uso, hubiera que adquirir uno en
concreto no homologado, el justificante de gasto deberá realizarse en la Unidad competente.
Para ello, enviarán un escrito indicando los motivos con las necesidades específicas,
el centro de gasto al que se cargará la compra, la factura debidamente conformada por
el responsable del Centro de Gasto y el Impreso «Alta por compra» cumplimentado para
poder ubicar el bien.
b) Por exigir su tramitación expediente de contratación.
En caso de que el bien a adquirir tenga un importe igual o superior a 15.000,00 euros
(IVA excluido), se tramitará expediente de contratación por el Servicio de Contratación y
Gestión Patrimonial, siendo éste quien realice el Justificante de Gasto.
En este caso, una vez realizada la recepción conforme de dicho bien, será obligatorio
enviar a dicho Servicio tanto la factura conformada por el Responsable del Centro de
Gasto, así como debidamente cumplimentado el Impreso «Alta por compra», para ubicar
correctamente el bien adquirido.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294727

Artículo 31. Procedimientos de alta en Inventario.
Hay que distinguir los siguientes procedimientos:
a) Adquisición por compra.
b) Adquisición por donación.
c) Adquisición por cesión.
d) Adquisición por arrendamiento.