3. Otras disposiciones. . (2024/2-50)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2024, una vez aprobado por el Consejo Social.
136 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Miércoles, 3 de enero de 2024

página 19509/111

Artículo 23. Inventario de los Entes con personalidad jurídica y régimen de derecho
privado dependientes de la Universidad.
Los Entes con personalidad jurídica y régimen de derecho privado dependientes de la
Universidad deberán realizar también un Inventario separado de los bienes de que sean
titulares, con la misma estructura y criterios seguidos en el Inventario General de Bienes
y Derechos de la Universidad.
SECCIÓN SEGUNDA: INMOVILIZADO INTANGIBLE.
Artículo 24. Concepto.
El inmovilizado intangible comprende el conjunto de bienes inmateriales y derechos,
susceptibles de valoración económica, que cumplen, además, las características de
permanencia en el tiempo y utilización en la producción de bienes y servicios públicos o
constituyen una fuente de recursos de la Universidad.
Artículo 25. Cuentas de inmovilizado intangible.
Dentro del Inventario se incluirán, como propias del inmovilizado intangible, las
siguientes Cuentas Contables:
2.0.3. Propiedad industrial e intelectual.
2.0.6. Aplicaciones informáticas.
2.0.3. Propiedad industrial e intelectual.
Importe satisfecho por la propiedad o por el derecho al uso, o a la concesión del uso
de las distintas manifestaciones de la propiedad industrial o de la propiedad intelectual.
Esta cuenta comprenderá también los gastos de desarrollo cuando los resultados
de los respectivos proyectos fuesen positivos y, cumpliendo los necesarios requisitos
legales, se inscribieran en el correspondiente Registro.
Dentro de esta cuenta existe la siguiente Subcuenta:
2.0.3.1.Patentes.
2.0.6.Aplicaciones informáticas.
Importe satisfecho por la propiedad o por el derecho al uso de programas informáticos,
o bien, el coste de producción de los elaborados por la propia Universidad, cuando esté
prevista su utilización en varios ejercicios. También incluye los gastos de desarrollo de
las páginas «web» generadas internamente por la Universidad, siempre que su utilización
esté prevista durante varios ejercicios.
Dentro de esta cuenta existe la siguiente Subcuenta:
2.0.6.0. Aplicaciones informáticas.
En cuanto a su imputación a la clasificación económica se estará a lo siguiente:
- Las aplicaciones informáticas que sean inventariables se incluirán en el Concepto
606 «Sistemas para procesos de información».
- Las aplicaciones informáticas que no sean inventariables se incluirán en el
Subconcepto 220.02 «Material informático no inventariable».

Artículo 26. Concepto.
El inmovilizado material comprende el conjunto de elementos patrimoniales tangibles,
muebles e inmuebles, que se utilizan de manera continuada por la Universidad en la
producción de bienes y servicios, o para sus propios propósitos administrativos y que no
están destinados a la venta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294727

SECCIÓN TERCERA: INMOVILIZADO MATERIAL.