Disposiciones generales. . (2024/2-3)
Extracto de la Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la dinamización de centros de competencias digitales durante el ejercicio 2024 al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea CAPI Mantenimiento.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Miércoles, 3 de enero de 2024

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Octavo. Periodo de ejecución de la actividad subvencionable.
El periodo de ejecución de la presente convocatoria abarca desde el 1 de enero de
2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, dentro del cual deberán llevarse a cabo los gastos
subvencionables.
Noveno. Pago de las ayudas.
El pago se realizará en un solo libramiento y por la cuantía total de la subvención
concedida. Dicho pago se realizará tras la firma de la resolución de concesión, sin
necesidad de justificación previa.
Décimo. Justificación.
La justificación de las subvenciones se llevará a cabo, de conformidad con lo previsto
en el apartado 25 del Cuadro Resumen de la Orden de 9 de noviembre de 2021, de la
siguiente forma:
a) La justificación debe realizarse con la fecha límite del 31 de marzo de 2025.
b) La entidad beneficiaria debe aportar el 100% de la documentación justificativa.
Décimoprimero. Notificación y publicación.
La notificación y publicación se efectuará de conformidad con lo establecido en el
apartado 18 del Cuadro Resumen de la Orden de 9 de noviembre de 2021.
Décimosegundo. Efectos de la resolución y recursos.
1. La resolución surtirá efectos desde el día siguiente al que se publique en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía este extracto, de conformidad con lo previsto en el
artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Contra la resolución de la convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, potestativamente, ante el mismo órgano que la dictó recurso de reposición,
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses, contados a partir del
día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

00294892

El Director Gerente, Raúl Jiménez Jiménez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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