Autoridades y personal. . (2024/1-20)
Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan a concurso de acceso plazas del Cuerpo Docente Universitario.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Martes, 2 de enero de 2024

página 19571/6

Regulación del Régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios
de la Universidad de Huelva y el art. 10 del R.D. 1313/2007, de 5 de octubre.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su
resolución definitiva.
10. Nombramientos.
Las/os concursantes propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar
en el Registro General de la Universidad de Huelva en el plazo de 20 días siguientes al
de concluir la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, los documentos que acrediten reunir los requisitos
establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 1313/2007, así como:
a) Fotocopia del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la
española.
b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico
que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud
de expediente disciplinario, y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función
pública. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o
nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado constitutivo
de la Unión Europea, declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o
condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán exentos de
justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación acreditativa, del
Ministerio u organismo del que dependan, de su condición de funcionarios y de cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios, a excepción del Documento Nacional de
Identidad, cuya copia por duplicado deberán presentar en el Área de Gestión de Personal
Docente.
Contra esta resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá interponer
recurso contencioso-administrativo conforme a lo establecido en los artículos 46.1 y 8.3
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, o bien potestativamente podrá interponerse recurso
de reposición ante la Sra. Rectora Magfca. a tenor de lo dispuesto en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su
publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo
antes mencionado hasta la resolución expresa o la desestimación presunta del de
reposición.

00294798

Huelva, 26 de diciembre de 2023.- La Rectora, M.ª Antonia Peña Guerrero.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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