Autoridades y personal. . (2024/1-18)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de contratos Predoctorales de Formación de Profesorado Universitario, con cargo al Plan Propio UCA 2022-2023 de «Apoyo y Estímulo a la Investigación y la Transferencia», de la Universidad de Cádiz.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Martes, 2 de enero de 2024

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el período como beneficiario del contrato, se estará a lo establecido en el artículo 53 y
siguientes de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, y en el artículo 35
de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
De manera general los Directores de tesis de los beneficiarios habrán de velar por
el cumplimiento del objeto del contrato concedido al doctorando, tanto docente como de
investigación, sin que en ningún caso pueda desvirtuarse la finalidad del mismo, actuando
como tutores académicos durante todo el periodo de su vigencia. En particular deberán:
a) Supervisar y emitir los documentos que requiera el beneficiario del contrato y
deban contener el Vº Bº del director de la tesis.
b) Informar sobre la necesidad y oportunidad de las ausencias temporales o
interrupción del contrato, para su debida autorización por el Vicerrectorado de Política
Científica y Tecnológica.
c) Emitir los informes que sean requeridos en cumplimiento de lo establecido
en la presente convocatoria, tanto en relación a la solicitud, como para beneficios
complementarios, así como en el seguimiento del cumplimiento de las obligaciones
del beneficiario del contrato y, en su caso, a iniciativa propia cuando, observara
incumplimientos de las obligaciones del beneficiario. En este último caso, el director de
la tesis pondrá este hecho en conocimiento de la Comisión de Doctorado, en el plazo
máximo de diez días.
d) Mantener la vinculación contractual con la UCA, durante todo el tiempo de duración
del contrato, siendo preceptiva la colaboración de un codirector o cotutor que lo cumpla,
si esta vinculación no la mantiene el director.
Los directores de tesis no podrán figurar en más de una solicitud de contrato en esta
convocatoria.
10. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad
de Cádiz, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano
competente y conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

00294752

Cádiz, 22 de diciembre de 2023.- El Rector, por delegación de competencias (Resolución
UCA/R149REC/2023, de 4.9), el Director General de Gestión y Apoyo I+D+i en funciones,
David Jiménez Pavón.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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