Autoridades y personal. . (2024/1-18)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de contratos Predoctorales de Formación de Profesorado Universitario, con cargo al Plan Propio UCA 2022-2023 de «Apoyo y Estímulo a la Investigación y la Transferencia», de la Universidad de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Martes, 2 de enero de 2024

página 19528/2

2. Requisitos de los solicitantes.
Podrán participar en esta convocatoria quienes, habiendo sido solicitantes con
adscripción a la Universidad de Cádiz de la convocatoria de contratos predoctorales para
la Formación de Profesorado Universitario, convocados por Orden de 30 de diciembre de
2022, del Ministerio de Universidades, por la que se aprobó por tramitación anticipada la
convocatoria de ayudas para la formación de profesorado universitario correspondiente
al año 2022, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de
Innovación (PEICTI) 2021-2023, no hayan sido seleccionados para la concesión de la
ayuda.
Los solicitantes deberán presentar el mismo documento de Evaluación del Curriculum
VItae del Director/a de la tesis doctoral y de Evaluación de la Memoria del proyecto
formativo y de la tesis doctoral solicitado en la convocatoria de contratos de FPU del
Ministerio de Universidades, avalado y firmado por el/los mismo/s director/es, y adscrito
al mismo Departamento o Instituto de Investigación.
Las personas que opten a la contratación predoctoral FPU, deberán contar con un
director/a para la elaboración de la tesis doctoral correspondiente.
A los efectos de la presente convocatoria, solo podrán ostentar la condición de
director/a de tesis de los investigadores que opten a la contratación predoctoral FPU
quienes estén en posesión de una tesis doctoral y tengan una vinculación contractual o
funcionarial con el centro de adscripción.
La vinculación contractual o funcionarial de la persona que dirija la tesis con el
centro de adscripción deberá cumplirse en el momento de la aceptación de la ayuda y
mantenerse durante todo el tiempo de duración de la ayuda.
Un director/a de tesis únicamente podrá respaldar a un investigador elegible que opte
a la contratación predoctoral FPU en esta convocatoria. La presentación de más de un
investigador elegible que opte a la contratación predoctoral FPU apadrinado por la misma
persona será motivo de exclusión de todos los candidatos afectados.
No podrán participar en la convocatoria quienes ya estén en posesión del título de
Doctor ni en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13
de la Ley General de Subvenciones, que en el momento previsto de incorporación hayan
disfrutado de un contrato anterior por un periodo igual o superior a 12 meses, incluida en
el ámbito de aplicación del Real Decreto 103/2019, por el que se aprueba el Estatuto del
personal investigador predoctoral en formación, y otras equivalentes en su objeto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el
Plan Propio UCA 2022-2023 de «Apoyo y Estímulo a la Investigación y la Transferencia»,
de la Universidad de Cádiz, rigiéndose por los Acuerdos del Consejo de Gobierno
aplicables y demás normativa de general aplicación.
El contrato, cuya duración no podrá ser inferior a un año ni exceder de cuatro años,
será con dedicación a tiempo completo conforme a las previsiones del artículo 21 de la
Ley 14/2011, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y además tendrá por objeto la
orientación posdoctoral (POP) por un período máximo de 12 meses.
La retribución del período posdoctoral será un 10% superior a la prevista para la
cuarta anualidad de los contratos predoctorales.
El personal investigador predoctoral en formación podrá colaborar en tareas
docentes sin que suponga una merma de la carga docente del Departamento que asigne
la colaboración hasta un máximo de 180 horas durante la extensión total del contrato
predoctoral, y sin que en ningún caso se puedan superar las 60 horas anuales. Estas
mismas condiciones serán también de aplicación, en su caso, a la colaboración docente
en el posible período posdoctoral, en los términos que regule la Universidad de Cádiz.
Las tareas docentes no podrán desvirtuar la dedicación a la finalidad investigadora y
formativa de los contratos.