Autoridades y personal. . (2023/248-25)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se anuncia la creación de bolsas de empleo para la contratación de personal laboral temporal en las categorías de Titulado/a Superior de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento y Titulado/a de Grado Medio de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Viernes, 29 de diciembre de 2023

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11. Funcionamiento de las Bolsas de Empleo y llamamientos.
El llamamiento para la prestación de servicios temporales se efectuará de acuerdo
con el orden de prelación establecido en las bolsas de empleo derivadas del presente
proceso selectivo. Dicho llamamiento se realizará por la Unidad de Gestión del Personal
de Administración y Servicios, comenzando por la persona aspirante que figure en primer
lugar de la lista.
Las personas integrantes de las bolsas serán responsables de mantener actualizados
los domicilios o datos de contacto a fin de agilizar los llamamientos, debiendo comunicar
cada cambio que se produzca.
Las presentes Bolsas de Empleo se regirán por el Acuerdo de 16 de marzo de 2022
de regulación de bolsas de empleo del Personal Laboral de esta Universidad excepto el
punto 1 relativo a la elaboración de las Bolsas de Empleo.
Las personas propuestas para contratar deberán aportar, con carácter previo a la
contratación, ante la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios
del Servicio de Recursos Humanos y Ordenación Académica, sita en la C/ Dr. Cantero
Cuadrado, núm. 6, 21071 Huelva, la documentación acreditativa de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Los documentos a presentar serán los
siguientes:
- Original y copia del Documento Nacional de Identidad, en vigor. Para los nacionales
de otros Estados, del Pasaporte o del Número de Identidad Extranjero, en vigor, y en su
caso, de la documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del
requisito de nacionalidad en los términos establecidos en la presente convocatoria.
- Original y copia del título académico oficial exigido para el ingreso o de la justificación
acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su
expedición, en cuyo caso deberá aportar, además, certificación académica compresiva
de todas las materias cursadas donde conste expresamente que ha finalizado los estudios
conducentes a la obtención del título. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
deberá presentarse la correspondiente credencial de homologación.
- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario. En el caso de ser nacional
de otro Estado, deberá presentar, además, declaración jurada o promesa de no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
- Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de
las tareas propias de la categoría de Titulado/a Superior de Servicios Técnicos de Obras,
Equipamiento y Mantenimiento o de Titulado/a de Grado Medio de Servicios Técnicos de
Obras, Equipamiento y Mantenimiento, según corresponda, y no padecer enfermedad ni
estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones. En el caso de aspirantes con discapacidad deberán
aportar original y copia del certificado vigente y actualizado, expedido por el órgano
competente, que acredite tal condición, el grado de discapacidad y en el que conste su
capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones propias de la citada
categoría.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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En caso de empate, el orden de prelación se establecerá a favor de la persona
candidata que haya obtenido mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional,
en segundo lugar, en el apartado de antigüedad y, por último, atendiendo a la formación.