Disposiciones generales. . (2023/248-13)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, del Rector de la Universidad de Jaén, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas en concurrencia competitiva a proyectos de Investigación aplicada del Plan Operativo de Investigación y Transferencia del Conocimiento de la Universidad de Jaén 2023, financiados por el Programa Operativo FEDER Andalucía 2021-2027.
20 páginas totales
Página
Número 248 - Viernes, 29 de diciembre de 2023

página 19497/9

8. Gastos originados por los componentes del Equipo de Investigación, del Equipo
de Trabajo, o personal contratado con cargo a la ayuda, que tengan relación indubitada
con el proyecto subvencionado, derivados de estancias breves en otros centros de
investigación (duración máxima de tres meses), viajes, desplazamientos, dietas, cuotas
de inscripción en cursos de corta duración, congresos y jornadas.
Los gastos de viaje, alojamiento y manutención que se imputen estarán limitados
por los importes establecidos por las normas internas al respecto de la Universidad de
Jaén. Sin perjuicio de los gastos de manutención que puedan corresponder con cargo al
concepto de viajes y dietas, no serán elegibles gastos de comidas de trabajo y atenciones
de carácter protocolario.
9. Gastos de organización de actividades de transferencia: difusión y divulgación
científica relacionadas directamente con el proyecto como la organización de congresos,
simposios, cursos, seminarios, jornadas, foros y exposiciones, edición de libros, páginas
web y cualquier otro que se derive directamente de la actuación y sean necesarios para su
ejecución. Estos gastos deberán estar incluidos en la solicitud y en los correspondientes
informes de seguimiento científico-técnico, debiendo quedar clara a través de la
documentación justificativa la relación indubitada con el proyecto. No serán elegibles
gastos de comidas de trabajo y atenciones de carácter protocolario. Cualquier actividad o
material de difusión deberá incluir publicidad de la financiación de la Junta de Andalucía
y los fondos FEDER.
10. Costes del informe de auditoría: Deberán presupuestarse 1.000 € por proyecto por
los gastos derivados del preceptivo informe de auditoría. La contratación de la empresa
de auditoría se realizará de forma centralizada por la Gerencia de la Universidad de Jaén.
C) Modalidad 2:
1. Costes directos de ejecución, que incluyen entre otros los siguientes subconceptos:
1.1. Coste de personal. Gastos de personal, que deberá estar dedicado en exclusiva a
la actuación. Serán subvencionables los gastos de contratación de personal investigador
doctor, personal predoctoral, personal de apoyo y personal auxiliar de gestión del
proyecto.
Los costes de personal incluirán el salario, los costes patronales y las indemnizaciones
legales, en su caso. El personal podrá ser contratado bajo cualquier modalidad de
contratación acorde con la legislación vigente y con las normas de la Universidad de
Jaén, ajustándose a los límites que en cada momento puedan establecerse en las
correspondientes leyes de Presupuestos Generales del Estado y demás normativa que
regule el personal al servicio del sector público, sin que ello implique compromiso alguno
en cuanto a su posterior incorporación a la Universidad de Jaén. Se deberá respetar la
normativa en materia retributiva que les sea de aplicación.
1.2. Costes de movilidad (gastos de viajes, dietas, seguros o visados) directamente
vinculados con el proyecto.
1.2.1. G
 astos de viajes y dietas del/de la IP, del equipo de investigación y del resto
de personal que participe en la ejecución del proyecto y figure en el equipo de
trabajo o en los informes científico-técnicos.
1.2.2. G
 astos de viajes del/de la IP y de los miembros del equipo de investigación
derivados de la asistencia a jornadas de seguimiento científico-técnico
presenciales.
1.2.3. S
 in perjuicio de los gastos de manutención que puedan corresponder con cargo
al concepto de viajes y dietas mencionados en los apartados anteriores, no
serán elegibles gastos de comidas y cenas de trabajo y atenciones de carácter
protocolario.
1.2.4. Los gastos de viaje, alojamiento y manutención que se imputen estarán limitados
por los importes establecidos por las normas de ejecución presupuestaria
de la Universidad de Jaén, aprobadas anualmente junto el presupuesto por
el Consejo Social, sobre indemnizaciones por razón del servicio. En el caso
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294720

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía