3. Otras disposiciones. . (2023/248-32)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se crea y se regula el registro electrónico de la institución.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Viernes, 29 de diciembre de 2023

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técnica acontecida o aviso previo de no disponibilidad planificada como la ampliación
concreta del plazo no vencido.
A efectos del cómputo de plazos, el Registro Electrónico General se regirá por la
fecha y la hora oficial de la sede electrónica.
La recepción en un día inhábil se entenderá efectuada el primer día hábil siguiente,
conforme a lo estipulado en el artículo 31 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme a lo
estipulado en el calendario de días inhábiles de la Oficina que se corresponden con los
publicados para la Comunidad Autónoma de Andalucía y para la ciudad de Sevilla.
El inicio del cómputo de los plazos que haya de cumplir la institución vendrá
determinado por la fecha y hora de presentación en el registro.
Sexto. Resguardo de la presentación.
La recepción de las solicitudes, escritos y comunicaciones en el Registro General
Electrónico se entenderá efectuada con la emisión de un resguardo acreditativo de la
presentación del escrito, solicitud o comunicación de que se trate, en el que constará:
a) Código unívoco del registro.
b) El contenido del escrito, comunicación o solicitud presentada mediante el asiento
en el registro electrónico.
c) La fecha y hora de presentación.
d) Relación de documentos adjuntos que, en su caso, lo acompañen, que garantice la
integridad y el no repudio de los mismos.
e) Cuando sea automáticamente determinable y el asiento se realice asociado a
un trámite como iniciación del procedimiento a solicitud del interesado, se incluirá en
el recibo la información de la unidad administrativa responsable de su tramitación y del
órgano responsable de su resolución.
Séptimo. Oficina de asistencia en materia de registros.
El personal funcionario de carrera al servicio de Oficina que venga desempeñando
puestos de «Unidad de Tramitación» será el encargado de prestar el servicio de «oficina
de asistencia en materia de registros», y tendrá la condición de «personal funcionario
habilitado» para la expedición de copias auténticas.
Octavo. Publicación y entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

00294561

Sevilla, 20 de diciembre de 2023.- El Director, Ricardo V. Puyol Sánchez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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