Disposiciones generales. . (2023/248-10)
Orden de 19 de diciembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la construcción y/o adaptación de centros de día y centros residenciales para personas mayores y personas con discapacidad de titularidad de entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y entidades mercantiles de ámbito social, a fin de adecuarlos al nuevo modelo de cuidados de larga duración, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) ?financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU?, y se efectúa su convocatoria para el año 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Viernes, 29 de diciembre de 2023

página 19510/32

(DACI – Modelo Anexo IV. A de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre) y realizando un
análisis sistemático de riesgo de conflicto de intereses conforme se establece en dicha Orden y
siguiendo los mecanismos establecidos en la Orden HFP/55/2023.
☐ Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:

14.-Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 16):
Las entidades que tengan la consideración de interesadas en este procedimiento de concesión de
subvenciones podrán conocer el estado de tramitación del mismo, a través la siguiente dirección
electrónica: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS

15.- Documentación (Articulo 17):
15.a) Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:
Deberá presentarse la siguiente documentación.
1.-Documentación acreditativa de la representación legal o apoderamiento.
2.-En caso de reformulación, memoria adaptada que incluya las actuaciones a realizar debidamente
cumplimentadas, así como el presupuesto reformulado, detallando los ingresos y gastos y el desglose de
conceptos y partidas, todo ello mediante la cumplimentación de una ficha sobre la reformulación de las
actuaciones (Anexo III).
3.- Documento acreditativo de que se dispone de titularidad suficiente sobre el inmueble o, en caso de que
se trate de un inmueble arrendado o cedido, contrato de arrendamiento o documento acreditativo de cesión
al menos por 10 años, o contrato de arrendamiento por un período inferior junto con una declaración
responsable con el compromiso de seguir prestando el servicio durante el periodo restante; y autorización
de la persona propietaria.
4.-Proyecto básico de la actuación a realizar visado por el Colegio de Arquitectos, conforme a la normativa
vigente.
5.-Plano/s donde se refleje/n las zona/s a intervenir, así como presupuesto detallado desglosado en
unidades de obra, ajustado a precios actuales de mercado; todo ello emitido por la entidad contratista.
6.-Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses conforme al modelo del Anexo IV. A de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.

00294730

7.-Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a
lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales conforme al Modelo
Anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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