Disposiciones generales. . (2023/248-1)
Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 248 - Viernes, 29 de diciembre de 2023

página 40263/33

Artículo 17. Retribuciones del personal funcionario.
1. Las cuantías del sueldo y trienios del personal funcionario, referidas a doce
mensualidades, serán las siguientes, en euros:
GRUPO/SUBGRUPO
Texto refundido Ley Estatuto Básico
del Empleado Público

SUELDO

TRIENIOS

A1

15.535,20

597,96

A2

13.432,92

487,56

B

11.742,24

427,80

C1

10.085,88

369,12

C2

8.394,24

251,28

E y Agrupaciones Profesionales

7.683,00

189,12

2. Las pagas extraordinarias serán dos al año y se devengarán de acuerdo con lo
previsto en el artículo 67.2 de la Ley 5/2023, de 7 de junio. El importe de cada paga
extraordinaria incluirá, además de la cuantía de una mensualidad del complemento
de destino que corresponda y una mensualidad del complemento específico que
corresponda, las siguientes cuantías, en euros, en concepto de sueldo y, en su caso,
trienios:
GRUPO/SUBGRUPO
Texto refundido Ley Estatuto Básico
del Empleado Público

SUELDO

TRIENIOS

A1

798,88

30,76

A2

816,41

29,62

B

845,73

30,83

C1

726,44

26,55

C2

693,15

20,72

E y Agrupaciones Profesionales

640,25

15,76

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

NIVEL

IMPORTE

30

13.570,08

29

12.171,60

28

11.660,16

27

11.147,88

26

9.780,48

25

8.677,32

00294787

3. Las cuantías del complemento de destino correspondiente a los distintos niveles de
puestos de trabajo serán las siguientes, en euros, referidas a doce mensualidades:

https://www.juntadeandalucia.es/eboja