3. Otras disposiciones. . (2023/247-44)
Resolución Rectoral de 22 de diciembre de 2023, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se ordena la publicación del presupuesto para el ejercicio 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

página 19494/22

• Clasificación orgánica. Los créditos se distribuyen por unidades de gasto, que son
aquellos órganos y unidades administrativas con diferenciación presupuestaria y
responsabilidad en la gestión de aquéllos. Atendiendo a la estructura orgánica
responsable de la aplicación del presupuesto distinguiremos las siguientes
unidades:
− 30.09 Vicerrectorado de Innovación Educativa y Campus Virtual
− 30.10 Gabinete del Rector
− 30.11 Servicios Generales
− 30.12 Secretaría General
− 30.13 Centro Especializado de Apoyo a la Investigación (CEAI-UNIA).
− 30.14 Vicerrectorado de Calidad, Igualdad y Responsabilidad Social
− 30.15 Vicerrectorado de Postgrado
− 30.16 Vicerrectorado de Formación Permanente y Cultura
− 30.17 Vicerrectorado de Coordinación Académica y Proyección Internacional
− 30.18 Vicerrectorado de Estudiantes
− 30.19 Vicerrectorado para la Transformación Digital
− 30.20 Sede Santa María de La Rábida
− 30.21 Sede Antonio Machado de Baeza
− 30.22 Sede Tecnológica de Málaga
− 30.23 Sede Cartuja de Sevilla
− 30.30 Patronato
− 30.31 Defensoría Universitaria
• Clasificación funcional. En atención a la finalidad u objetivo de los recursos se
establecen los siguientes programas de gasto:
− 1000 Dirección y gestión
− 2000 Docencia
− 3000 Relaciones externas e internacionalización
− 4000 Servicios a la comunidad universitaria y responsabilidad social
− 5000 Investigación
• Clasificación económica, por la que se ordenan en atención a la naturaleza
económica del gasto y a la codificación de capítulo, artículo, concepto, subconcepto
y partida. La clasificación económica del Presupuesto se ajusta a las disposiciones
contenidas en la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 28 de abril de
2006, por la que se aprueba la Clasificación económica de ingresos y gastos del
presupuesto de las universidades públicas de Andalucía.
Artículo 8. Limitación temporal de los créditos.
Con cargo a los créditos del Estado de Gastos, sólo podrán contraerse obligaciones
derivadas de gastos que se realicen en el año natural del propio ejercicio presupuestario. No obstante lo anterior, se aplicarán a los créditos del presupuesto vigente, en el
momento de expedición de las órdenes de pago, las obligaciones siguientes:

b) Con carácter excepcional y a iniciativa de la Unidad de Gasto correspondiente, se
podrá aprobar el reconocimiento de obligaciones generadas en ejercicios
anteriores con cargo al ejercicio corriente, como consecuencia de compromisos de
gastos debidamente adquiridos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294714

a) Las obligaciones que resulten de la liquidación de atrasos a favor del personal que
perciba sus retribuciones con cargo al Presupuesto de la Universidad.