3. Otras disposiciones. . (2023/247-34)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla, por la que se conceden subvenciones en el ámbito provincial a Entidades sin ánimo de lucro de y pro inmigrantes para el desarrollo de programas de mediación intercultural durante el curso 2023-2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

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FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Régimen Jurídico aplicable con carácter general.
Es de aplicación lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, desarrollado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294669

la Orden de 15 de abril de 2011, para esa línea de subvenciones (pags. 148 y siguientes
del BOJA de 17 de mayo de 2011).
3. En el plazo establecido en la Resolución de 27 de junio de 2023 (BOJA núm. 126,
de 4 de julio de 2023), que finalizaba el 25 de julio 2023, se presentaron un total de 4
solicitudes, de las que 2 entidades fueron requeridas para proceder a la subsanación de
su solicitud, conforme al artículo 13 de la Orden de 15 de abril de 2011. Este requerimiento
de subsanación fue debidamente publicado en el tablón de anuncios y en la página
web de esta Delegación Territorial el 5 de septiembre de 2023, finalizando el plazo de
subsanación el 19 de septiembre, según lo dispuesto en el apartado 19 del Cuadro
Resumen de las Bases reguladoras para esta línea de subvención, de la Orden de 15 de
abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo).
4. Con fecha 26 de septiembre de 2023, la Comisión Evaluadora Provincial se reúne
para el estudio y análisis de las entidades que han respondido a los requerimientos de
subsanación, habiendo subsanado todas las entidades correctamente. En esta sesión se
toma el mismo criterio que años anteriores de dar el 100% a las entidades solicitantes
comenzando por la primera y hasta el fin de crédito.
5. Con fecha 11 de octubre de 2023 se reúne la Comisión Evaluadora, analiza y
valora las 4 solicitudes correctas, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el
apartado 12.a) del Cuadro resumen para esa línea de subvención con la distribución
correspondiente, aprobado todo ello por dicha Comisión Evaluadora y, como tal, quedó
recogido en el Acta de esa reunión. Se realiza la propuesta provisional de resolución, en
base a lo que se recoge en el artículo 15 de las bases reguladoras de la Orden citada
y el apartado 13 del cuadro resumen. En ella figuraba en el Anexo I, las entidades sin
ánimo de lucro beneficiarias provisionales con la cuantía de la subvención propuesta. No
procedía incluir Anexo II con entidades excluidas.
Dicha propuesta fue publicada en el tablón de anuncios y en la web de esta
Delegación Territorial con fecha 13 de octubre de 2023.
6. En esta propuesta provisional de Resolución de la Comisión Evaluadora, y en los
términos especificados en el artículo 17 de las Bases reguladoras de la Orden de 15 de
abril de 2011, se concedió, un plazo de 10 días a partir de su publicación en la web, para
que las entidades sin ánimo de lucro beneficiarias provisionales presenten el formularioAnexo II junto a la documentación señalada en el apartado 15 del Cuadro resumen para
esta línea de subvención y en la Resolución de 27 de junio de 2023 (BOJA núm. 126, de
4 de julio de 2023) de Convocatoria para el curso 2023-24.
7. Finalizado el plazo antes señalado, la Comisión Evaluadora Provincial se reunió el
3 de noviembre de 2023 y procedió a la comprobación de la documentación presentada
por las distintas entidades, proponiéndose dos entidades sin ánimo de lucro beneficiarias
definitivas con la subvención concedida a:
Asociación Marroquí para la integración CODENAF.
8. A la vista de la misma, se formuló, tal como se recoge en el artículo 18 de las
bases reguladoras de la orden citada y el apartado 13 del Cuadro resumen, la propuesta
definitiva de resolución con fecha 29 de noviembre de 2023. En la propuesta definitiva
de resolución de la Comisión Evaluadora Provincial, figuran en el Anexo I, las entidades
sin ánimo de lucro beneficiarias definitivas y suplentes, el presupuesto aceptado y la
subvención concedida. No procede considerar entidades excluidas pues todas las
entidades que han concurrido han presentado de modo correcto, la documentación y
reformulación en su caso, según lo establecido en el artículo 17 de la Orden 15 de abril
de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo).