Disposiciones generales. . (2023/247-5)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se modifica la Resolución de 7 de julio de 2021, por la que se convocan los incentivos de mejora energética del transporte en Andalucía acogidos al Real Decreto 266/2021, de 13 de abril.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023
página 19461/6
a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre, por el que
se amplía la vigencia del programa de ayudas regulado en el Real Decreto 266/2021, de
13 de abril.
Las modificaciones correspondientes a las nuevas intensidades de ayuda, así como
los nuevos requisitos introducidos por el Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre,
serán de aplicación a las resoluciones de concesión que se dicten a partir de 1 de enero
de 2024.
La modificación del apartado 2 del resuelve tercero de la convocatoria, relativa a las
pequeñas y medianas empresas englobadas en el ordinal 4.º del apartado 2 del artículo
13 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, que opten expresamente por acogerse a
los requisitos y límites establecidos en el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de
18 de noviembre, será de aplicación a aquellas solicitudes presentadas desde el día 16
de noviembre de 2023, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 821/2023, de 14 de
noviembre.
00294680
Sevilla, 22 de diciembre de 2023.- El Director Gerente, Francisco Javier Ramírez García.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023
página 19461/6
a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre, por el que
se amplía la vigencia del programa de ayudas regulado en el Real Decreto 266/2021, de
13 de abril.
Las modificaciones correspondientes a las nuevas intensidades de ayuda, así como
los nuevos requisitos introducidos por el Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre,
serán de aplicación a las resoluciones de concesión que se dicten a partir de 1 de enero
de 2024.
La modificación del apartado 2 del resuelve tercero de la convocatoria, relativa a las
pequeñas y medianas empresas englobadas en el ordinal 4.º del apartado 2 del artículo
13 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, que opten expresamente por acogerse a
los requisitos y límites establecidos en el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de
18 de noviembre, será de aplicación a aquellas solicitudes presentadas desde el día 16
de noviembre de 2023, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 821/2023, de 14 de
noviembre.
00294680
Sevilla, 22 de diciembre de 2023.- El Director Gerente, Francisco Javier Ramírez García.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja