Disposiciones generales. . (2023/247-5)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se modifica la Resolución de 7 de julio de 2021, por la que se convocan los incentivos de mejora energética del transporte en Andalucía acogidos al Real Decreto 266/2021, de 13 de abril.
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BOJA



Boletín
Oficial
la Junta |
de Andalucía

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"Número
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+&  28 de diciembre de 2023
- Jueves,

página 19461/4



Persona/entidad beneficiaria

Régimen jurídico y límites aplicables a los incentivos solicitados
para actuaciones previstas en los Programas 1 y 2

Personas físicas que desarrollen
actividad económica

Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de
2013 (Ayudas de minimis). Los límites de cuantías a conceder por
beneficiario y proyecto de inversión o actuación incentivable, se
establecen en el Anexo III del RD 266/2021, de 13 de abril

Personas físicas mayores de
edad, a excepción de los casos
de discapacidad, que podrán ser
menores de edad, con
residencia fiscal en España y no
incluidas en el apartado
anterior
Las comunidades de
propietarios reguladas por la
Ley 49/1960 de 21 de julio,
sobre propiedad horizontal
Las personas jurídicas,
válidamente constituidas en
España en el momento de
presentar la solicitud, y otras
entidades, con o sin
personalidad jurídica, cuyo
número de identificación fiscal
comience por las letras A, B, C,
D, E, F, G, J, R o W, así como las
Entidades de Conservación de
Polígonos o Sociedades
Agrariasde Transformación cuyo
NIf comience por V
Las entidades locales y el sector
público institucional de
cualesquiera administraciones
públicas que ejerzan
actividades económicas por las
que ofrezcan bienes y servicios
en el mercado
Las entidades locales y el sector
público institucional de
cualesquiera administraciones
públicas que no ejerzan
actividades económicas por las
que ofrezcan bienes y servicios
en el mercado

Los límites de cuantías de ayuda a conceder por beneficiario y
proyecto de inversión o actuación incentivable se establecen en el
Anexo III del RD 266/2021, de 13 de abril

Periodo de elegibilidad de las
actuaciones incentivables
contempladas en los Programas 1
y2

Desde el 10 de abril de 2021 hasta
la finalización de la vigencia de
las convocatorias, con
independencia del periodo de
justificación y ejecución de las
mismas

Reglamento (UE) 2023/1315 de 23 de junio, de la Comisión, por el
que se modifica el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de
17 de junio de 2014, aplicándose la exención correspondiente a la
categoría de ayudas para la protección del medio ambiente
(sección 7), artículos 36 bis y 36 ter. Los limites de cuantía de ayudas
a conceder por beneficiario y proyecto de inversión o actuación
Sólo podrán admitirse las
incentivable se establecen en el Anexo III del RD 266/2021, de 13
actuaciones incentivables que se
de abril
realicen con posterioridad a la
fecha de registro de la
Para las pequeñas y medianas empresas siempre que hubieran
correspondiente solicitud de
optado expresamente por ello en las solicitudes del programa de
incentivo, con independencia del
apoyo al despliegue de la infraestructura de recarga, la concesión
periodo de justificación y
de los incentivos estará sometida, específicamente, a los requisitos
ejecución de las mismas
y límites establecidos en el Reglamento (UE) nº 1407/20013 de la
Comisión de 18 de diciembre, de 2013 que pudieran resultar
aplicables, en cada momento, durante la vigencia de los programas
de ayuda, teniendo en cuenta las futuras modificaciones del
mismo, y sin perjuicio del régimen transitorio que pudiera
establecerse al respecto.
Desde el 10 de abril de 2021 hasta
la finalización de la vigencia de
Los límites de cuantías de ayuda a conceder por beneficiario y
las convocatorias, con
proyecto de inversión o actuación incentivable se establecen en el
independencia del periodo de
Anexo III del RD 266/2021, de 13 de abril
justificación y ejecución de las
mismas







(*) Sin perjuicio del resto de disposiciones, tanto de derecho nacional como de la Unión Europea, que pudieran resultar de aplicación,
particularmente las que se aprueben en el ámbito de la ejecución y gestión del Mecanismo de Recuperación y Resilicencia y del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia».

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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