Autoridades y personal. . (2023/247-24)
Resolución de 21 de diciembre 2023, de la Universidad de Granada, por la que se establecen para el año 2024 las bases reguladoras y el calendario de publicación de concursos públicos para la contratación de personal investigador y técnico adscrito a Proyectos, Convenios, Contratos de Transferencia de Investigación (art. 60 LOSU) y Líneas de Investigación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

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que establezcan las normas que les sean de aplicación o por causas sobrevenidas no
previstas inicialmente.
Para los contratos a tiempo completo, en función de la titulación académica del
contrato ofertado, se establecen las siguientes cuantías mínimas mensuales computadas
en 12 mensualidades anuales, en las que se incluyen prorrateadas mensualmente la
parte proporcional de pagas extraordinarias. A estas cantidades se adicionará, en su
caso, la indemnización que pueda corresponder a la finalización del contrato, que en el
caso de contratos temporales se prorrateará mensualmente:
- Doctorado*: 2.058 euros/mes.
- Grado, Licenciatura, Ingeniería:
1.667 euros/mes.
- Formación Profesional:
1.517 euros/mes.
- Estudiantes de grado (solo a tiempo parcial):
848 euros/mes.
7. Efectos del contrato.
Los contratos surtirán efecto desde la fecha en que se perfeccionen. Las fechas de
inicio que puedan proponer las Comisiones de Valoración en las propuestas de concesión,
serán estimativas y carecerán de vinculación jurídica para la Universidad de Granada.
La firma del contrato y posterior incorporación efectiva podrá demorarse un máximo de
6 meses a petición del investigador responsable o por aplicación de las normas para
la contratación de personal investigador o técnico que establezca la Universidad de
Granada.
8. Duración del contrato.
La duración estimada de los contratos suscritos al amparo de la presente convocatoria
será la establecida en el correspondiente anexo. En ningún caso la duración de los
contratos temporales podrá exceder la duración del proyecto al que se adscribe.
No podrán ser contratados temporalmente en grupos, proyectos y contratos de
investigación quienes hayan estado contratados temporalmente en la Universidad de
Granada por un periodo de 12 meses en los últimos 18 meses.

10. Solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en 2 etapas:
1. Generación del impreso de solicitud.
Los candidatos deberán cumplimentar su solicitud en el formulario disponible en la
web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia en la dirección
https://vit.ugr.es/pages/personal/solicitud o en
https://otri.ugr.es/imasd-colaborativa/contratacion-personal-cargo-contratos-proyectos
para los contratos gestionados en la OTRI dentro de los plazos establecidos en el Anexo I
de la presente resolución.
A la solicitud se anexará en formato PDF la siguiente documentación:
- Fotocopia del título académico exigido en el correspondiente anexo.
- Certificación o copia del expediente académico detallado de la titulación exigida,
excepto en el caso que el título exigido en la convocatoria sea de doctorado.
- Currículum y documentación acreditativa de los méritos a evaluar por las Comisiones
de Evaluación.
2. Presentación y Registro de las solicitudes a través de la sede electrónica de la
Universidad de Granada.
Finalizada la cumplimentación telemática del formulario, generarán la hoja de
solicitud y deberán presentarla y registrarla en la sede electrónica de la Universidad de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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9. Obligaciones del trabajador.
Se especificarán en el contrato de trabajo que se suscriba.