3. Otras disposiciones. . (2023/247-27)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Interior, por la que se aprueba Plan Anual de Formación del Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía (IESPA) para el curso académico 2024.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

página 40249/5

En el Plan de Formación para 2024 se va a mantener la estructura de los dos
ejercicios precedentes, incluyendo unas líneas estratégicas de formación orientadas al
desarrollo profesional del personal de la seguridad y de las emergencias y al ejercicio
de las funciones que deben cumplir en el servicio y protección de la ciudadanía. Dichas
líneas estratégicas marcan los ámbitos prioritarios en los que debe desarrollarse la
formación impartida por el IESPA o por otras entidades en colaboración con el Instituto.
Éstas son:

2. En materia de emergencias:
2.1. Cualificación integral para el personal de los Servicios de Prevención y Extinción
de Incendios y Salvamento.
La Ley 2/2023, de 15 de marzo, por la que se modifica la Ley 2/2002, de 11 de
noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía, establece en su artículo 41 que

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294666

1. En materia de seguridad:
1.1. Proximidad.
La actuación de la policía local debe orientarse a la comunidad, ser proactiva,
adecuada para la prevención y la intervención temprana, integrada en el contexto
ciudadano de convivencia en el que participa. En este contexto, la mediación policial,
regulada en el artículo 53.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad, como una de las funciones de los cuerpos de Policía Local,
constituye una vía que permite la corresponsabilización de la ciudadanía en la resolución
de conflictos derivados de la convivencia. La cooperación policial en la resolución de
los conflictos privados requiere una formación específica en mediación, especialmente
intercultural, al objeto de mejorar la capacidad de gestión de los mismos. Asimismo, la
figura del agente-tutor también posibilita el acercamiento de la institución policial a la
ciudadanía, convirtiéndose en un recurso que sirva de apoyo a la comunidad educativa y
coadyuve a la prevención del absentismo .
Por lo tanto, «la mediación», el «agente tutor» y la actuación dentro del concepto de
«policía de proximidad» son principios fundamentales en las actividades formativas en
este PAF 2024.
1.2. Sensibilidad a la diversidad y a las necesidades de la ciudadanía, especialmente
de los colectivos más desfavorecidos.
La policía local asume en su respectivo municipio las funciones de prevenir y combatir
la delincuencia, preservar la tranquilidad pública, hacer cumplir la ley, mantener el orden
y proteger los derechos fundamentales de las personas. Le corresponde, por tanto,
garantizar el principio de igualdad e intervenir en situaciones de conflicto con absoluta
imparcialidad y respeto a las minorías étnicas, sexuales, religiosas y culturales, teniendo
en cuenta además las particulares condiciones de los grupos sociales más vulnerables
(personas con discapacidad, personas sin hogar, etc.). Para ejercer dichas funciones de
manera eficaz y eficiente es fundamental que el personal de los cuerpos de la Policía
Local tenga suficiente formación en materia de prevención del racismo y la xenofobia, la
homofobia, la violencia de género y otras conductas de odio, así como de la legislación
nacional e internacional para combatir las prácticas discriminatorias.
La lucha contra la violencia de género y la trata de seres humanos debe ser materia
clave en la formación de la policía local, por lo que tendrá un papel fundamental en la
formación básica de este cuerpo, así como de la de capacitación y de perfeccionamiento.
A tal fin se lograrán los acuerdos necesarios con las instituciones implicadas en esta
labor para poder garantizar la mejor formación a nuestro alcance.
Asimismo, es conveniente que la policía local tenga la formación necesaria para
poder prevenir situaciones de marginación, coadyuvar en la detección de las mismas e
informar y orientar a las personas de los colectivos más desfavorecidos de los recursos
existentes.