3. Otras disposiciones. . (2023/247-27)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Interior, por la que se aprueba Plan Anual de Formación del Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía (IESPA) para el curso académico 2024.
19 páginas totales
Página
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

página 40249/4

Con la creación de esta Agencia se da un paso esencial hacía una efectiva
coordinación de todos los operativos, así como de una formación integral y la capacitación
de todo su personal, junto con la dotación de recursos y equipos especializados para
cada tipo de intervención. El objeto de la misma es coordinar, gestionar y ejecutar bajo
un mando único la gestión técnica y ejecutiva del operativo de emergencias naturales,
así como las producidas en el medio natural que por cualquier causa se produzcan en
el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la formación en materia de dicho
operativo. Expresamente el artículo 6 del referido Decreto-ley atribuye a la Agencia,
entre otras funciones, las de potenciar, diseñar y gestionar la formación de ingreso,
formación continua y promoción interna de todos los operativos llamados a gestionar las
emergencias en Andalucía.
Por tanto, aunque la concreción de las funciones de la Agencia de Seguridad y
Gestión Integral de Emergencias de Andalucía se realice en los Estatutos de la misma,
en el PAF 2024 del IESPA debe contemplarse algunas líneas estratégicas destinadas al
personal incluido en el ámbito subjetivo de la misma.
El personal de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad
Autónoma de Andalucía podrá participar en aquellas actividades formativas que por
su contenido estén orientadas a las funciones asignadas a la Unidad. Además, en
virtud del convenio marco de colaboración suscrito entre el Ministerio de Defensa y la
Consejería de Justicia e Interior el 29 de septiembre de 2014, el personal de la Unidad
Militar de Emergencias podrá recibir formación en materia de protección civil y gestión de
emergencias. Continuando con la experiencia de años anteriores, se podrá programar
algún curso específico para otros colectivos.
Para los cursos de actualización, especialización y perfeccionamiento, tanto del
personal de las policías locales como de los restantes colectivos, en 2024, se potenciará
la formación presencial, siempre que la capacidad de las instalaciones del Instituto lo
permita. Siendo conscientes de que la formación en red permite ofertar enseñanza de
calidad, salvando las dificultades geográficas y temporales, se debe mantener la formación
de tipo presencial, que supone un contacto directo entre alumnado y profesorado, así
como un elemento de socialización importante.
En cualquier caso, se seguirá en la mejora continua de la plataforma de teleformación,
configurada como espacio virtual de aprendizaje donde se pueden integrar todas las
modalidades de enseñanza que se imparten, tanto las presenciales, creando un espacio
permanente al alumnado en el que se ofrecen materiales curriculares electrónicos que
permite tender hacia políticas de «papel cero», como las de formación en red.
Asimismo, durante 2024 se mejorará las potencialidades del Sistema de Información
para la gestión de la formación en el IESPA (Plataforma Atene@), mediante la
implementación de nuevas funcionalidades tecnológicas, dotando a la aplicación
informática de nuevas herramientas que van a mejorar la relación del alumnado con la
estructura docente del IESPA, lo que redundará en una mayor eficacia en el sistema de
aprendizaje del alumnado y una mejora en los servicios y programas que se realizan de
forma telemática. Asimismo, se explotará, a través de Datamart, la información disponible
en Atene@, al objeto de obtener estadísticas útiles para la planificación y programación
de próximos ejercicios.
Si bien es cierto que el propio plan debe establecer algunas materias, tanto para
las policías locales como para los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y
Salvamento o para Protección Civil, en las que es necesario impartir formación al objeto
de que los profesionales alcancen el conocimiento y/o las destrezas necesarios para el
cumplimiento de las funciones, no es necesario incluir una relación detallada de cursos
como ocurría hasta el año 2020. El nuevo modelo, configurado en la pasada Legislatura,
supone una flexibilidad para la programación de las actividades formativas lo que redunda
en las respuestas a la demanda formativa, tanto de los propios profesionales como de las
Entidades locales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294666

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía