Disposiciones generales. . (2023/247-1)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, del Letrado Mayor del Parlamento de Andalucía, por la que se ordena la publicación de la Carta del Servicio Público de la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA) para el sexenio 2024-2029.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

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Artículo 7. Expansión digital.
1. Será prioritaria la permanente expansión operativa de los medios de Canal Sur en el
entorno productivo digital, manteniendo e incrementando paulatinamente su presencia en
Internet, su desarrollo para la actualización permanente de su digitalización productiva en
plataformas digitales, y el posicionamiento de mercado sobre servicios digitales nuevos.
Canal Sur actuará concibiendo la innovación tecnológica como palanca para la total
transformación digital efectiva para todos sus medios, y estará presente en Internet y en
todo tipo de plataformas, soportes, redes y aplicaciones de comunicación de la era digital
sosteniendo y aumentando una elevada oferta audiovisual y, en concreto, de contenidos
y elementos informativos, culturales, divulgativos, educativos y de entretenimiento, con
objeto de ser un agente divulgador de la realidad de Andalucía, estando sus servicios
plenamente disponibles para la ciudadanía a través de todo dispositivo de consumo
audiovisual. Esta presencia se plasmará a través de plataformas de servicios audiovisuales
digitales en streaming, plataformas de audio pódcast y servicios de radio digital, canales
web, portales específicos sobre programas, servicios y eventos de interés estratégico
para el grupo empresarial, y por medio de un servicio permanente de generación de
páginas web que surtan de contenidos informativos, textuales, fotográficos, infográficos,
y de producciones y elementos audiovisuales puestos a disposición, a petición de las
personas usuarias a nivel mundial.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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los que estén dirigidos. Asimismo, estarán orientados a la rentabilidad social, conforme
a las prescripciones del artículo 4.3 Ley 18/2007 y del artículo 3.1 c) Ley 10/2018, y se
fundamentarán en la diferenciación sobre las ofertas audiovisuales de otros operadores,
en la proximidad de los asuntos y temas de que traten, y en la calidad de las producciones,
contenidos y servicios.
7. A los seguimientos sobre la audiencia de los servicios por ondas hertzianas
terrestres se sumarán periódicos estudios de análisis cualitativos de la audiencia en
relación a los programas y su aceptación social. A las tradicionales fuentes de información
sobre audiencia como cuota de pantalla share se incorporarán sistemas de analítica big
data, con registros crossmedia y transmedia de comparación analítica de datos referidos
a todo soporte de difusión y de distribución sobre plataformas y redes de consumo digital
en que operen los medios de Canal Sur, con la finalidad de obtener datos precisos de
escrutinio y siempre actualizados para mejor conocimiento de las personas usuarias y
de la idiosincrasia de la sociedad digital y de las preferencias de usuario para alcanzar la
óptima adaptación de los contenidos y servicios a la demanda real de la sociedad y a la
dinámica del mercado audiovisual digital caracterizado por la evolución permanente.
8. Los medios de Canal Sur desempeñarán un papel proactivo para estar disponibles
para la ciudadanía en todo tipo de plataformas tecnológicas de servicios audiovisuales
en sistema streaming (OTT), plataformas de audio pódcast y aplicaciones digitales en
todo tipo de dispositivos de oferta de contenidos y servicios a petición de las personas
usuarias, e implementarán permanentes desarrollos de los servicios en Internet, de los
canales audiovisuales en portales web, ofrecidos bajo concepto de operador multicanal,
servicios de audio news, agregadores digitales de programaciones de canales de
radio, prestaciones de radio y de televisión digital híbrida, y prestaciones bajo nuevos
estándares tecnológicos relevantes del mercado digital que beneficien la mejora de los
servicios de Canal Sur para la sociedad andaluza. Igualmente, se mantendrá su posición
proactiva en todo tipo de redes sociales conforme a la finalidad de inmediatez en la
interactuación con la audiencia y participación efectiva de las personas usuarias de las
aplicaciones digitales.
9. El servicio público digital audiovisual que prestan los medios de Canal Sur
aspirará a mantener y desarrollar el lugar principal que ocupa dentro del panorama de la
comunicación social digital de Andalucía tanto por la amplitud de su oferta como por la
calidad de sus prestaciones y servicios conformes al interés general de la sociedad.