Disposiciones generales. . (2023/247-1)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, del Letrado Mayor del Parlamento de Andalucía, por la que se ordena la publicación de la Carta del Servicio Público de la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA) para el sexenio 2024-2029.
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Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

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acceso a los bienes audiovisuales informativos, divulgativos, culturales y educativos,
apoyando la creatividad, el emprendimiento empresarial, el talento profesional y la
excelencia cultural, actuando como agente tecnológico basado en la innovación para
consolidar un óptimo proceso de transformación digital en todos los procesos productivos
del grupo empresarial para ofrecer la expansión sobre nuevos servicios digitales,
conexos, interactivos, en línea y «a petición» de la ciudadanía andaluza a través de todo
tipo de dispositivos digitales de acceso fijos y móviles, beneficiando así a la sociedad con
la mayor participación posible en los bienes y servicios de la Sociedad de la Información
y del Conocimiento, y procurando que todos los medios operados por Canal Sur estén
disponibles en sus contenidos televisivos, sonoros y textuales en todas las nuevas
plataformas digitales de consumo audiovisual.
2. Las programaciones y contenidos de radio y de televisión, y la prestación de
contenidos y servicios digitales, conexos e interactivos y adicionales a través de la red
Internet y en nuevos soportes y plataformas de comunicación y de distribución digital
producidos por los medios de Canal Sur se adecuarán permanentemente a la evolución y
progreso social, y a la identidad, necesidades y preferencias del conjunto de la sociedad
andaluza, atendiendo a las expectativas de los distintos segmentos de población, y
actuando como agente vertebrador y cohesionador de la realidad, pluralidad y diversidad
cultural, social, etnográfica, económica, política y de todo orden de relevancia para la
sociedad de Andalucía.
3. Las programaciones, contenidos y servicios aspirarán a alcanzar la máxima
afinidad social posible y a obtener altos índices de aceptación social por cada uno de
los segmentos de población a los que se dirijan, conforme al objetivo fundamental de
prestar y satisfacer un servicio público audiovisual universal de utilidad real y efectiva
para la sociedad de Andalucía. Los programas, contenidos y servicios de los medios de
Canal Sur tendrán una consideración permanente de atención sobre la diversidad de
municipios de cada provincia andaluza, reflejando su realidad y actualidad con cercanía
en el tratamiento de prestaciones de servicios y contenidos de «proximidad».
4. Los medios de Canal Sur procurarán la mayor cobertura geográfica y poblacional
posible, satisfaciendo los compromisos de porcentajes fijados en la normativa aplicable
sobre cobertura a través de ondas hertzianas terrestres y conforme al Contrato-Programa.
5. Para cumplir con lo expreso en los anteriores apartados, los medios de Canal Sur
actuarán con base a una estrategia de permanente estudio y conocimiento profundo de la
sociedad andaluza en sus expectativas, demandas y necesidades relativas a los bienes
audiovisuales digitales de comunicación social. Para ello, harán uso de herramientas
específicas como:
- Análisis prospectivos de investigación sobre preferencias en programaciones,
contenidos y servicios.
- Estudios cuantitativos y cualitativos sobre niveles de aceptación social de
programaciones y servicios ofrecidos, y sobre tendencias del sector audiovisual,
consumos en el ámbito de Internet, de las comunicaciones electrónicas y servicios de
la Sociedad de la Información y del Conocimiento en su vertiente de atención social,
como servicios tales como de e-salud y aplicaciones de telemedicina, e-administración,
e-formación, e-empleo, o e-educación.
- Trabajos y estudios comparados sobre evolución de mercados audiovisuales
digitales en el entorno comunitario europeo, y estudios sobre las más importantes
variables tecnológicas, jurídicas, económicas, sociales y comerciales que puedan influir
en la evolución del servicio público audiovisual tanto basado en difusión por ondas
hertzianas terrestres como el basado en distribución en soluciones de Internet, y de
nuevos contenidos y servicios digitales y en línea.
6. La emisión de programas y contenidos de neto servicio público a través de los
medios de radio y de televisión por ondas hertzianas terrestres se adecuarán a las franjas
horarias más idóneas y en consideración de las preferencias de la audiencia potencial a
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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