Disposiciones generales. . (2023/247-3)
Orden de 21 de diciembre de 2023, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Salud y Consumo para el período 2023-2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

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El Plan, conforme a lo previsto en el artículo 12 del Reglamento de la Ley General
de Subvenciones, contiene, tanto los objetivos estratégicos, que describen el efecto e
impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia
del plan, como las líneas de subvención en las que se concreta, explicitando para cada
una de ellas las áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen las
ayudas, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para
su consecución, los costes previsibles para su realización y las fuentes de financiación
y el régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas de
subvenciones determinando para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores
relacionados con los objetivos del Plan.
Para las actuaciones que cuenten con financiación de fondos europeos, se deberá
cumplir con la normativa europea de referencia, detallada en el Plan. Asimismo, se tendrá
en cuenta el principio establecido en el artículo 7 del Reglamento (UE) núm. 1303/2013,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se establecen
disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo
Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones
generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo,
al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el
Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo, el cual promueve la igualdad de
oportunidades entre hombres y mujeres y la integración de la perspectiva de género, en
las operaciones susceptibles de cofinanciación.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el artículo
26.2.c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Aprobación del Plan.
Se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Salud y
Consumo para el periodo 2023-2025. Se acompaña a la presente orden, como anexo, el
índice del Plan.
Segundo. Publicidad y transparencia del Plan.
1. El texto íntegro del Plan estará disponible en el sitio web oficial de la Consejería de
Salud y Familias (https://juntadeandalucia.es/organismos/saludyconsumo.html).
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1/2014, de 24 de junio,
de Transparencia Pública de Andalucía, el texto del Plan y sus actualizaciones, así como
los informes de actualización y seguimiento serán objeto de publicación en el Portal de
Transparencia de la Junta de Andalucía (www.juntadeandalucia.es/transparencia).
Tercero. Efectos.
1. La presente orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. El contenido del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Salud
y Consumo 2023-2025, tiene carácter programático, supeditándose en todo caso al
cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO
Consejera de Salud y Consumo

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sevilla, 21 de diciembre de 2023