Disposiciones generales. . (2023/247-3)
Orden de 21 de diciembre de 2023, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Salud y Consumo para el período 2023-2025.
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Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

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y a la participación en la toma de decisiones que afecten a la salud pública, la
extensión de actitudes solidarias, participativas y responsables de la población en la
preservación, conservación, mejora y restauración de la salud y el fomento del principio
de corresponsabilidad ciudadana en salud, promover una convivencia ciudadana sana,
saludable y la cohesión social, entre otros.
El artículo 21.3 de la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de
los Consumidores y Usuarios de Andalucía, dispone que la Administración de la Junta de
Andalucía fomentará especialmente la creación de Oficinas Municipales de Información
al Consumidor. El artículo 23 de la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, establece que la
Consejería competente en materia de protección a los consumidores coordinará la labor
de las Oficinas de Información al Consumidor de titularidad pública y podrá prestar a las
mismas el apoyo técnico y económico necesario para su implantación y funcionamiento,
en los términos que reglamentariamente se determine.
El artículo 31.5 de la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, reconoce a las organizaciones
de personas consumidoras y usuarias el derecho a percibir las ayudas públicas y
otras medidas de apoyo y fomento, que desde las distintas Administraciones Públicas
se destinen, en cumplimiento de las obligaciones que les competen en el marco de
la protección de los consumidores y fomento de sus organizaciones o asociaciones
representativas.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone en su
artículo 8.1 que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que
propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán contar con
un Plan Estratégico de Subvenciones. En dicho Plan, se deberán concretar los objetivos
y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución,
los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al
cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Asimismo, el artículo 10.1 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones,
aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, establece que los planes
estratégicos de subvenciones, a que se hace referencia en el artículo 8.1 de la Ley
General de Subvenciones, se configuran como un instrumento de planificación de las
políticas públicas que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública,
de interés social o de promoción de una finalidad pública.
En cumplimiento de la citada normativa, mediante Orden de la Consejería de Salud
y Familias de 27 de octubre de 2020, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de
la Consejería de Salud y Familias para el período 2020-2022, cuya vigencia ha expirado
con fecha 31 de diciembre de 2022.
En virtud de ello, la Consejería de Salud y Consumo, al amparo de lo dispuesto en
el Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se aprueba su estructura orgánica, y
tras la toma de conocimiento del Consejo de Gobierno mediante Acuerdo de Consejo
de Gobierno de 14 de marzo de 2023, del inicio del procedimiento de elaboración del
Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Salud y Consumo para el período
2023-2025, aprueba el presente Plan Estratégico de Subvenciones sobre la base del
desempeño de actuaciones públicas en el ejercicio de su ámbito competencial.
La presente orden tiene por objeto proceder a la aprobación del Plan Estratégico de
Subvenciones de la Consejería de Salud y Consumo, instrumento a través del cual se dan
a conocer, para los próximos tres años, los objetivos y efectos que se pretenden con la
política de fomento de la Junta de Andalucía en materia de salud pública, sociosanitaria,
consumo y calidad, investigación y gestión del conocimiento; sus costes, fuentes de
financiación y el método de evaluación y seguimiento.
Las líneas de subvención en el ámbito de la Consejería de Salud y Consumo podrán
articularse conforme a cualesquiera de los tipos de subvenciones previstos en el
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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