Disposiciones generales. . (2023/527-2)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Viceconsejería, por la que se da publicidad a la Instrucción de 27 de diciembre de 2023, por la que se establecen las disposiciones comunes aplicables a las intervenciones de desarrollo rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Comunitaria 2023-2027.
49 páginas totales
Página
DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
Boletín Oficial
ANEXO II yde
III la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 27 - Miércoles, 27 de diciembre de 2023
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
Hoja 47 de
página 19587/38
58
ORGANISMO:
VICECONSEJERÍA
Sí. Se podrán compensar los siguientes gastos subvencionables:
Porcentaje máximo que se permite compensar:
Porcentaje máximo:
El porcentaje máximo se indicará en la Resolución de concesión.
5.c).3º Gastos subvencionables realizados con anterioridad a la solicitud de ayuda:
5.c).4ºGastos subvencionables realizados con anterioridad a la resolución de concesión:
En este apartado se deben recoger las actuaciones materiales previas al inicio de la actividad o inversión
subvencionada realizadas con anterioridad al informe de verificación de no inicio.
5.c)5º En esta Intervención/Operación no se consideran gastos subvencionables los siguientes:
5.d)1º Costes indirectos subvencionables:
5.d)2º Porcentaje del coste que se considera coste indirecto imputable a la actividad subvencionada:
No se establece
Sí: Base sobre la que se aplica el porcentaje:
Porcentaje aplicable:
5.e) Período durante el que se debe destinar los bienes al fin concreto:
5.f) Reglas especiales en materia de amortización:
No.
Sí. Se establecen las siguientes reglas especiales:
5.g) Reglas especiales en costes simplificados:
No.
Sí. Se establecen las siguientes reglas especiales:
5.h) Reglas especiales en materia de moderación de costes:
No.
Sí. Se indicará el sistema de evaluación que debe ser utilizado. Se establecen las siguientes reglas
especiales:
00294838
5.i) Posibilidad de acogerse a ayudas de estado (Régimen de minimis, reglamento ABER,..):
No.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
Boletín Oficial
ANEXO II yde
III la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 27 - Miércoles, 27 de diciembre de 2023
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
Hoja 47 de
página 19587/38
58
ORGANISMO:
VICECONSEJERÍA
Sí. Se podrán compensar los siguientes gastos subvencionables:
Porcentaje máximo que se permite compensar:
Porcentaje máximo:
El porcentaje máximo se indicará en la Resolución de concesión.
5.c).3º Gastos subvencionables realizados con anterioridad a la solicitud de ayuda:
5.c).4ºGastos subvencionables realizados con anterioridad a la resolución de concesión:
En este apartado se deben recoger las actuaciones materiales previas al inicio de la actividad o inversión
subvencionada realizadas con anterioridad al informe de verificación de no inicio.
5.c)5º En esta Intervención/Operación no se consideran gastos subvencionables los siguientes:
5.d)1º Costes indirectos subvencionables:
5.d)2º Porcentaje del coste que se considera coste indirecto imputable a la actividad subvencionada:
No se establece
Sí: Base sobre la que se aplica el porcentaje:
Porcentaje aplicable:
5.e) Período durante el que se debe destinar los bienes al fin concreto:
5.f) Reglas especiales en materia de amortización:
No.
Sí. Se establecen las siguientes reglas especiales:
5.g) Reglas especiales en costes simplificados:
No.
Sí. Se establecen las siguientes reglas especiales:
5.h) Reglas especiales en materia de moderación de costes:
No.
Sí. Se indicará el sistema de evaluación que debe ser utilizado. Se establecen las siguientes reglas
especiales:
00294838
5.i) Posibilidad de acogerse a ayudas de estado (Régimen de minimis, reglamento ABER,..):
No.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja