3. Otras disposiciones. . (2023/246-38)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se publica el Presupuesto de esta Universidad para el ejercicio económico 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Miércoles, 27 de diciembre de 2023

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Acuerdos Marco, realizará directamente la contratación del bien o servicio necesitado,
conforme a las instrucciones que para cada acuerdo marco dicte la Gerencia.
Sin embargo, esta contratación, en caso de estar financiado dicho contrato basado
con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, no podrá ser realizada si no se
cuenta con análisis de riesgo de conflicto de interés sin banderas rojas.
Sección VII. Especificidades de determinados gastos
Artículo 84. Gastos de personal.
1. Las retribuciones del personal docente e investigador y del personal de
administración y servicios durante el ejercicio presupuestario se ajustarán, en lo que
corresponda, a lo que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y
en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. La asignación individual de los complementos de productividad y por servicios
de carácter extraordinario al personal de administración y servicios, se efectuarán
por resolución de la Rectora en los términos establecidos en la legislación y acuerdos
vigentes en cada momento.

Artículo 86. Gestión de gastos asociados a grupos, contratos y proyectos de
investigación.
1. La gestión administrativa de los contratos de investigación, suscritos al amparo
del artículo 60 de la Ley Orgánica del Sistema Universitario, se regirá por el Reglamento
aprobado por Consejo de Gobierno de la Universidad de Huelva, de 11 de diciembre de
2020. En todo caso les será de aplicación a estos contratos la normativa en materia de
contratación del Sector Público y de personal aplicable a la Universidad.
2. La ejecución de los gastos de los proyectos, grupos o contratos de investigación
del artículo 60 de la Ley Orgánica del Sistema Universitario, será responsabilidad del
investigador principal que hubiera recibido la ayuda o suscrito el correspondiente
convenio o contrato.
3. La tramitación administrativa de estos gastos corresponderá al personal de
administración que tenga asignada la unidad de gasto, que la realizarán conforme se
establece en las presentes normas en defecto de normativa específica que los regule.
4. Los proyectos y contratos con financiación específica se desarrollarán y gestionarán
conforme a su finalidad, su normativa específica, naturaleza del gasto y en los términos
en los que se haya obtenido la financiación. En su defecto se regirán por la normativa
desarrollada por la Universidad de Huelva.
5. Cuando se detecte la incorrecta imputación de un gasto a un proyecto, contrato o
subvención específica por no resultar elegible, se comunicará por escrito la incidencia
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 85. Pagos a personal por la participación en proyectos y trabajos de
investigación.
1. El personal docente e investigador que celebre contratos con personas, o entidades
públicas o privadas para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico,
así como para el desarrollo de enseñanzas de especialización o actividades específicas
de formación, en virtud del artículo 60 de la Ley Orgánica del Sistema Universitario, podrá
percibir las retribuciones, que de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 del Reglamento
aprobado por Consejo de Gobierno de la Universidad de Huelva, de 11 de diciembre de
2020, se encuentren recogidas en la memoria económica del contrato.
2. El personal de administración y servicios que participe en dichos contratos podrá
percibir, igualmente, las retribuciones que se fijen en la memoria económica del contrato,
conforme al artículo 9 del citado Reglamento. Las cuantías a recibir se harán efectivas
mediante abono en concepto de gratificación por servicios extraordinarios, y con cargo,
en todo caso, al contrato principal en el que participen.