Disposiciones generales. . (2023/246-2)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa mediante tramitación anticipada la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones y federaciones de mujeres para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención de la violencia contra las mujeres, para 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Miércoles, 27 de diciembre de 2023

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2. El importe de la subvención corresponderá con el 100% de la cuantía
subvencionable solicitada. En ningún caso, la cuantía de la subvención solicitada para la
ejecución de un proyecto podrá ser superior ni inferior a las cuantías establecidas en el
punto anterior.
3. Los gastos de gestoría laboral se subvencionará hasta los siguientes limites:
- Confección de contratos: 30 €/contrato.
- Liquidación de nóminas o facturas de prestación de servicios: 18 €/nómina o factura/mes.

Quinto. Requisitos para solicitar la subvención y criterios de valoración de las solicitudes.
1. Los requisitos que deben reunir las entidades solicitantes para la obtención de la
subvención serán los recogidos en el apartado cuarto del cuadro resumen de las Bases
Reguladoras.
2. Las solicitudes serán evaluadas según los criterios recogidos en el apartado
decimosegundo del cuadro resumen de las Bases Reguladoras.
Sexto. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz
de la Mujer, se presentarán conforme al modelo formulario Anexo I que figura como
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. Financiación.
1. La concesión de las subvenciones se financiará, para el ejercicio 2024, con cargo
a las partidas presupuestarias de gastos 1831010000 G/32G/48000/00 01 y 1831180000
G/31T/48000/00 S0689 (fondos recibidos del Ministerio de Igualdad, Secretaría de Estado
de Igualdad y contra la Violencia de Género), siendo la cuantía total máxima destinada
a la presente convocatoria de 1.100.000 euros, estando limitada, en todo caso, por las
disponibilidades presupuestarias existentes y condicionada a la existencia de crédito
adecuado y suficiente en la Ley del Presupuesto que ha de aprobar el Parlamento.
2. La partida presupuestaria de gasto 1831010000 G/32G/48000/00 01, cuya cuantía
máxima asciende a 700.000 euros financiará los siguientes proyectos:
- Proyectos de información y sensibilización social sobre Igualdad entre mujeres y
hombres.
- Proyectos que contribuyan a informar y sensibilizar sobre la participación de las
mujeres.
- Proyectos que contribuyan al desarrollo de las capacidades de las mujeres,
especialmente de las mujeres del medio rural, para asumir funciones de liderazgo, desde
una perspectiva de género.
- Proyectos dirigidos a impulsar la presencia y participación de las mujeres,
especialmente jóvenes, en el tejido asociativo.
- Proyectos que integren el principio de interseccionalidad, atendiendo a la diversidad
de colectivos de mujeres y situaciones de múltiple discriminación, desde una perspectiva
de género.
La partida presupuestaria de gasto 1631180000 G/31T/48000/00 S0689, cuya cuantía
máxima asciende a 400.000 euros, financiará los proyectos de prevención, formación y
sensibilización de la violencia contra las mujeres, en aplicación de las medidas que se
contemplan en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
3. En el caso de que se produzca tras dictar la resolución de concesión un eventual
aumento del crédito máximo disponible para esta convocatoria y sin necesidad de que
se dicte una nueva convocatoria, se podrá dictar una resolución complementaria a la de
concesión de subvención, incorporando a todos las entidades solicitantes que, cumpliendo
los requisitos necesarios para tener la consideración de persona beneficiaria, no hubieran
obtenido tal condición por haberse agotado el crédito consignado inicialmente, conforme
a lo dispuesto en el artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.