Autoridades y personal. . (2023/244-48)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan a concurso de acceso entre acreditados plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Viernes, 22 de diciembre de 2023

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A la instancia deberá adjuntarse el justificante acreditativo del pago de los derechos
del concurso. La falta de pago de estos derechos durante el plazo de presentación de
instancias no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso, la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud.
El correo electrónico aportado en la instancia se podrá utilizar a efectos de notificación.

5. Comisiones.
5.1. La composición de las Comisiones es la que figura en el Anexo I de esta
convocatoria.
5.2. La constitución de las Comisiones, la ausencia de alguno de sus miembros, la
adopción de acuerdos, la asistencias e indemnizaciones, se regirá por lo establecido
en el Reglamento para los Concursos de Acceso entre acreditados/as a Cuerpos de
Funcionarias/os Docentes Universitarios de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
5.3. A fin de garantizar la transparencia y objetividad en el nombramiento de los
miembros de las Comisiones que resolverán los concursos de acceso, la Universidad
Pablo de Olavide, de Sevilla, publicará en su página web, el contenido de los currículos
de los miembros, respecto a los datos recogidos en el Anexo del R.D. 1312/2007, de 5
de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos
docentes universitarios, de acuerdo con el art. 62.3 de la LOMLOU.
5.4. Las Comisiones deberán constituirse dentro del plazo máximo de tres meses
desde la publicación de la convocatoria del concurso de acceso en el Boletín Oficial
del Estado. Por lo que cada Presidencia, previa consulta a los restantes miembros de
las mismas, dictará una resolución, que deberá ser notificada a todas las personas
interesadas con una antelación mínima de quince días naturales, respecto de la fecha del
acto para el que se les cita, convocando a:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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4. Admisión de aspirantes.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, y en un plazo máximo de
quince días hábiles, la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, publicará, en su Tablón
Electrónico Oficial, la relación provisional de personas admitidas y excluidas del concurso,
con indicación del motivo de la exclusión. El cómputo de los plazos que se establecen en
esta convocatoria, se realizará excluyendo aquellos períodos que la Universidad Pablo de
Olavide, de Sevilla, declare inhábiles a efectos de cómputo de plazos.
Dicha publicación tendrá carácter de notificación a los interesados/as, de acuerdo
con lo previsto en el art. 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que no se realizará
notificación personal alguna. El mismo carácter tendrán las distintas publicaciones en el
Tablón Electrónico Oficial de esta Universidad de los acuerdos y de las resoluciones a las
que dé lugar esta convocatoria.
Contra la relación provisional de admitidos y excluidos, las personas interesadas
podrán presentar a través del Registro Telemático de la Universidad Pablo de Olavide,
de Sevilla, reclamación ante el Rector en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar
desde el día siguiente de la publicación, para subsanar el defecto que haya motivado su
exclusión u omisión de la lista de personas admitidas y excluidas. Las personas aspirantes
que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, serán
definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará
resolución aprobando la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, que se
publicará en la forma anteriormente establecida. Contra la resolución que finalmente
recaiga se podrá interponer recurso en los términos previstos en los artículos 112 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.