Autoridades y personal. . (2023/244-48)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan a concurso de acceso entre acreditados plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Viernes, 22 de diciembre de 2023

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3. Solicitudes.
Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso presentarán, a través del
Registro Telemático de la Universidad, la correspondiente solicitud al Sr. Rector Magfco.
de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, en el plazo de quince días hábiles, a
partir del día siguiente a la publicación oficial de esta convocatoria en el Boletín Oficial
del Estado. El periodo determinado por la Universidad en las vacaciones navideñas se
considerará inhábil para el cómputo de plazos.
La presentación de solicitudes se hará mediante instancia debidamente cumplimentada,
según el modelo que se acompaña como Anexo II, junto con los siguientes documentos
acreditativos de los requisitos para participar en el concurso de acceso:
a) PDF de la documentación acreditativa del cumplimiento de los «requisitos
específicos», dispuestos en la base 2.2 de la presente convocatoria para participar en el
concurso de acceso.
Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser oficiales, expedidos por las
autoridades competentes y legalizados por vía diplomática. Los documentos deberán ir
acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción oficial al español.
Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, la
cantidad de 42 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse
en el Banco Santander, en la cuenta IBAN ES43 0049-1861-19-2310365889, abierta en
esa entidad a nombre de «Universidad Pablo de Olavide. Ingresos Diversos», haciéndose
constar los siguientes datos: 1) nombre y apellidos del aspirante, 2) núm. de orden de la
plaza a la que concursa y 3) núm. del Documento Nacional de Identidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294405

2.2. Requisitos específicos:
Para las plazas de Catedrática/o de Universidad:
a) Estar acreditada/o para el cuerpo de Catedráticas/os de Universidad de acuerdo
con lo que prevé el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece
la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, o estar
habilitado conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que
se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de Funcionarias/os
Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso.
b) Pertenecer al cuerpo de Profesoras/res Titulares de Universidad o a la Escala de
Investigadoras/res Científicas/os de los Organismos Públicos de Investigación, y haber
prestado como mínimo, dos años de servicio efectivos bajo dicha condición.
Para las plazas de Profesorado Titular de Universidad:
Ser doctor/a y estar acreditada/o para el cuerpo de Profesorado Titular de Universidad,
de acuerdo con lo establecido en los artículos 12 y 13 y disposiciones adicionales primera,
segunda, tercera y cuarta del R.D. 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la
acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, o bien:
a) Estar habilitada/o conforme a lo establecido en el R.D. 774/2002, de 26 de julio,
por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de
funcionarios/as docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso
respectivos. Se entenderá que las/los habilitadas/os para Catedráticas/os de Escuelas
Universitarias lo están para Profesor/a Titular de Universidad (disposición adicional
décima de la LOMLOU).
b) Ser funcionaria/o del cuerpo correspondiente o de un cuerpo docente universitario
de igual o superior categoría, en cuyo caso, es necesario que hayan transcurrido como
mínimo dos años desde que haya obtenido una plaza mediante concurso de acceso en
otra Universidad (art. 9.4 R.D. 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen
de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios).
2.3. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 y 2.2 deberán poseerse en el día
de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento
de la toma de posesión como personal funcionario de carrera.