Autoridades y personal. . (2023/244-47)
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesor/a Ayudante Doctor/a.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Viernes, 22 de diciembre de 2023

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4. Admisión.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector Magnífico de la
Universidad de Málaga dictará resolución declarando aprobada la relación provisional de
candidatos admitidos y excluidos al concurso, con indicación de las causas de exclusión
e indicando la posibilidad de subsanación de aquellos defectos que sean susceptibles de
enmienda.
4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para subsanar el defecto que
haya motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos. Para
ello, deberán generar una solicitud de subsanación en la plataforma referida en el
apartado 3.1, con la opción de menú «Convocatorias abiertas > Mis solicitudes», en la
plaza correspondiente y con el botón «Subsanar Solicitud». La solicitud de subsanación
generada deberá presentarse según el procedimiento de presentación indicado en el
apartado 3.6 de estas bases. Los aspirantes que no subsanen la exclusión dentro del
plazo señalado, no realicen alegación frente a la omisión producida que justifique su
derecho a ser incluidos o no la presenten según el procedimiento indicado en el apartado
3.6, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
4.3. Tendrá la consideración de causas de exclusión subsanables la no aportación de
la documentación referida en el apartado 3.2.1 de estas bases. En cambio, no resultará
subsanable y, en consecuencia, dará lugar a la automática exclusión del candidato, el no
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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la persona que mejor conoce la calidad y pertinencia de los méritos justificados. Los
méritos principales elegidos tendrán relevancia en el proceso de baremación, tal como
se describe en la base 6.4. Sólo se valorarán los méritos listados en la solicitud y no se
podrán aportar ni justificar nuevos méritos en la fase de subsanación. Tras la selección
de méritos se habrá generado el documento PDF que constituye la solicitud.
3.6. El tercer y último paso consistirá en la firma electrónica del documento PDF
que constituye la solicitud. Este paso se realizará en la misma plataforma, que generará
como resultado un PDF sellado electrónicamente por la Universidad de Málaga que
servirá de resguardo de la solicitud presentada, surtiendo todos los efectos propios de
la presentación a través de un Registro oficial. Para poder llevar a cabo este paso será
necesario disponer de un certificado de firma electrónica. La plataforma dispone de la
opción de menú «Verificar firma» que permite comprobar en cualquier momento si se
dispone de un certificado adecuado para firmar y que la configuración del equipo del
concursante lo permite.
No obstante, en caso de no disponer de certificado de firma o tener problemas
con la misma, también será válida la presentación del documento PDF de la solicitud
obtenido en el paso indicado en la base 3.5, que puede descargarse desde el apartado
«Plazas ofertadas > Mis solicitudes > Solicitud sin registrar», presentado debidamente de
conformidad con cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Si la solicitud se presentase en una Oficina de Correos, deberá ir en sobre
abierto, para ser fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.
En ese caso, la solicitud deberá ser remitida a la dirección oficial: Jefatura de Servicio
de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Málaga, Pabellón de Gobierno,
Campus de El Ejido, 29071 Málaga.
Los interesados que no formalicen la solicitud finalizando los 3 pasos indicados,
decaerán en su derecho.
En caso de presentar varias solicitudes a la misma plaza, únicamente tendrá validez
la última presentada dentro del plazo de solicitud.
3.7. El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles contados a partir del
día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.