3. Otras disposiciones. . (2023/244-52)
Decreto 279/2023, de 13 de diciembre, por el que se acuerda la extinción de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén y se asignan las funciones de la misma a las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Andújar y Linares.
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Número 244 - Viernes, 22 de diciembre de 2023

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gobierno de la Corporación en tanto se celebrase el proceso electoral y se constituyese
el nuevo Pleno.
Mediante Orden de 11 de septiembre de 2017 de la Consejería de Empleo, Empresa y
Comercio, se efectuó la convocatoria de elecciones para el Pleno de la Cámara Oficial de
Comercio e Industria de Jaén y se dictaron las disposiciones necesarias para la elección.
Con fecha 9 de octubre de 2017, la Junta Electoral declaró concluido el procedimiento
electoral, tras constatar la inexistencia de candidaturas, previo certificado del Secretario
General de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén, en el que se hizo constar
la no presentación de candidaturas en el periodo legalmente establecido.
En el ejercicio de las potestades administrativas de autorización, aprobación,
fiscalización, resolución de recursos, suspensión, disolución y extinción que comprende la
función de tutela, y que se recogen en el artículo 48 de la Ley 4/2019, de 19 de noviembre,
la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades fue
informada por la Comisión Gestora de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén, de
la situación que atravesaba la misma, así como de las decisiones tomadas para encontrar
una solución a la delicada situación económico-financiera y patrimonial que atravesaba la
Cámara, salvaguardando los intereses generales de los ciudadanía en general y dando
respuesta a las necesidades de las empresas radicadas en la provincia de Jaén.
En base a todo lo anterior, con fecha día 13 de enero de 2020, tuvo entrada en el
Registro General de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidades
el informe de la Comisión Gestora, de fecha 30 de diciembre de 2019, en el que,
constatándose la concurrencia de las dos causas de extinción de las Cámaras de Comercio,
contempladas en el artículo 56 de la Ley 4/2019, de 19 de noviembre –no presentación de
candidaturas e inviabilidad económica–, se propone el inicio del procedimiento de extinción
de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén.
Mediante Orden de 26 de junio de 2020 de la Consejería de Economía, Conocimiento,
Empresas y Universidades, se adoptan las medidas necesarias para garantizar que las
personas físicas y jurídicas adscritas a la Cámara Oficial de Comercio e Industria de
Jaén reciban los servicios derivados del ejercicio de las funciones de carácter públicoadministrativo que obligatoriamente deba prestar dicha Cámara, habilitándose a las
Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Linares y de Andújar para la
prestación provisional de aquéllos, mientras no fuese posible su realización por la
Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén, todo ello en aplicación de lo dispuesto
en el artículo 54.4.d) de la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, de Cámaras Oficiales de
Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Andalucía.
De esta manera y en vista de las circunstancias expuestas en las comunicaciones
de la Comisión Gestora, junto con los informes jurídico-económicos emitidos, quedó
constatada la situación de inviabilidad económico-financiera y patrimonial de la Cámara.
Por Resolución de 30 de marzo de 2021, de la Dirección General de Comercio, se
efectúa el trámite de audiencia previa previsto en el artículo 56.2 de la Ley 4/2019, de
19 de noviembre, procediendo a dar conocimiento a los posibles interesados para que
pudiesen examinar el Informe Definitivo de la Situación Económica-Financiera y Jurídica
de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén y realizar las alegaciones que
estimasen oportunas, al tratarse de una corporación representativa de los intereses
empresariales y para garantizar, en todo caso, el respeto a la voluntad del empresariado.
Finalizado dicho trámite de audiencia, se recibieron alegaciones a dicho Informe por
parte del Secretario General de la propia Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén
y de una extrabajadora, en las que se formularon distintas objeciones en relación con la
situación económica, financiera y patrimonial de la corporación. Una vez examinadas las
mismas, se procedió a la corrección y actualización de algunos importes en el Informe
Definitivo de la Situación Económica-Financiera y Jurídica de la Cámara, dando respuesta
a las alegaciones presentadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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