5. Anuncios. . (2023/244-67)
Anuncio de 19 de diciembre de 2023, de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, para dar publicidad a la Resolución de 25 de julio de 2023, por la que se adjudica el arrendamiento de los edificios del Centro Tecnológico de Servicios Avanzados del Parque Tecnológico GEOLIT en Mengíbar (Jaén), propiedad de la Agencia IDEA.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Viernes, 22 de diciembre de 2023

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L) Conservar lo arrendado en perfecto estado y con el debido cuidado. Expresamente
se prohíbe al arrendatario depositar en las zonas comunes maquinaria u otros objetos,
obligándose al pago de los desperfectos que se puedan ocasionar en los elementos
comunes de la finca como consecuencia de la conducción de bultos en general,
maquinaria, enseres, etc.
M) La arrendataria deberá contar en todo momento con las Licencias Administrativas
tanto locales, como autonómicas como estatales, que amparen la totalidad de las
actividades que desarrolle, y deberá cumplir fielmente la normativa vigente en materia
de prevención de riesgos laborales y cuanta sectorial exista en materia de seguridad
y deberá satisfacer la totalidad de los tributos que por cualquier concepto graven su
actividad. La arrendataria declara conocer plenamente la situación urbanística y de
planeamiento del espacio arrendado, así como los usos administrativamente permitidos
en el mismo. Serán de cuenta y riesgo de la arrendataria la obtención de los permisos y
licencias que resulten necesarios para la apertura y el desarrollo de su actividad, siendo
a su cargo todos los impuestos, arbitrios y demás contribuciones que se impongan,
correspondientes al negocio o por razón del mismo. La validez del presente Contrato de
Arrendamiento no se verá afectada si la arrendataria no obtiene alguna de las licencias
necesarias, incluida la de apertura, o si cualquiera de ellas es revocada en el futuro,
excepto en el caso de que dichas licencias no se concedan o se revoquen por causas
imputables al Arrendador según lo dispuesto en el presente contrato.
N) La arrendataria queda obligado a poner en conocimiento de IDEA, en el más breve
plazo posible, toda usurpación, novedad o daño que otro haya realizado o abiertamente
prepare en los bienes arrendados.
O) No se admitirán subrogación o cesión del presente contrato de arrendamiento.
P) Se podrá subarrendar los edificios arrendados, siempre que el espacio sea
subarrendado parcialmente y siempre que los contratos a suscribir no superen la duración
del presente contrato. Se respetarán las previsiones del artículo 107 de la Ley 33/2003,
de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, en la selección de
los subarrendatarios.
El subarrendatario deberá cumplir con lo estipulado en el artículo 229 del Decreto
276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de
Patrimonio de Andalucía, en cuanto a reunir las facultades necesarias para concurrir al
arrendamiento de un bien patrimonial de la Junta de Andalucía.
El subarrendatario tiene que aceptar expresamente por escrito dicho subarriendo y
habrá de comprometerse fehacientemente a:
a)Destinar el espacio a usos compatibles de los edificios.
b) Cumplir y acatar el Reglamento de Régimen Interno de los Edificios, así como
aquellas otras obligaciones que en cada momento hayan de respetar los ocupantes
de espacios con arreglo al presente contrato o a cualquier disposición legal en vigor.

Tercero. En atención a la situación de liquidación en que se encuentra la Agencia de
Innovación y Desarrollo de Andalucía en aplicación del artículo 15 de la Ley 9/2021, de
23 de diciembre, por la que se crean la Agencia Empresarial para la Transformación y el
Desarrollo Económico (TRADE) y la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria
de Andalucía (ACCUA), el contrato a suscribir preverá que una vez se produzca la salida
del inmueble de la titularidad de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. La Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía convocará al
adjudicatario a la firma del contrato. Si el adjudicatario, por la razón que fuere, no
concurriese a la firma del contrato en el plazo máximo de tres meses desde de haber sido
convocado, salvo causa justificada que deberá ser autorizada por la Agencia IDEA, se
entenderá que renuncia a su derecho de arrendamiento.