3. Otras disposiciones. . (2023/243-20)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Investigación e Innovación, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación y Red Eléctrica de España, S.A.U.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 243 - Jueves, 21 de diciembre de 2023

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Las Partes declaran estar permanentemente comprometidas con la aplicación de las
mejores prácticas de buen gobierno y ética corporativa y con el mantenimiento, desarrollo
y supervisión del cumplimiento de las obligaciones que les son aplicables, en todos los
ámbitos de su actuación y, de manera muy particular, en el ámbito del presente convenio.
Las Partes emplearán en todo momento los más altos estándares de honestidad,
integridad y buena fe en el cumplimiento del presente convenio.
Décimo Octava. Comunicaciones.
Todas las comunicaciones entre las Partes relativas al presente convenio se harán por
medios electrónicos, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Vigésima. Confidencialidad.
Las Partes mantendrán absoluta confidencialidad, y no utilizarán al margen del objeto
del presente convenio, en beneficio propio o de terceros, ningún tipo de información, oral
o escrita en cualquier soporte, así como ningún conocimiento, resultado o derecho de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294194

Décimo Novena. Protección de Datos.
En cumplimiento de lo dispuesto en la vigente normativa nacional de protección
de datos de carácter personal y el Reglamento (UE) 2016/679, cada una de las Partes
firmantes y, en su caso, sus representantes y empleados quedan informados del
tratamiento de los datos personales que se le faciliten en la ejecución del presente
convenio con la finalidad de mantener y gestionar la relación del presente. Los datos
personales serán tratados en base a la ejecución del presente convenio y se conservarán
mientras se mantenga dicha relación. Una vez finalizada, serán conservados durante
el plazo necesario para el cumplimiento de una obligación legal o para la formulación,
ejercicio y defensa de reclamaciones. Los datos serán tratados únicamente por las Partes
y por aquellos terceros a los que las Partes estén legal o contractualmente obligadas a
comunicarlos; todo ello, en el marco de la relación suscrita en el presente documento.
Las Partes deberán trasladar la información contenida en esta estipulación a cualquier
persona implicada en la prestación de la relación, que conlleve el tratamiento de sus
datos personales por la otra Parte.
Las Partes, como responsables del tratamiento de datos personales, garantizan el
ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación y
oposición de los datos facilitados.
Cualquier afectado interesado puede ejercitar cualquiera de los derechos indicados
en el párrafo anterior ante Red Eléctrica, dirigiéndose por correo electrónico a la
siguiente dirección: digame@ree.es, incluyendo en el asunto «Protección de datos» o por
correo postal dirigiéndose a Paseo Conde de los Gaitanes núm. 177, La Moraleja, 28109
Alcobendas, Madrid.
En el caso de querer ejercitarlos ante la Junta de Andalucía puede igualmente dirigirse
a la dirección que se indica a continuación: dpd.cteicu@juntadeandalucia.es.
Así mismo y con el objetivo de facilitar los contactos necesarios, los interesados
pueden contactar con el Delegado de Protección de Datos del Grupo Red Eléctrica, a
través de la dirección de correo electrónico: dpd@ree.es y de la Consejería de la Junta
de Andalucía a través de la dirección dpd.cuii@juntadeandalucia.es.
En el caso de que los interesados consideren que sus datos no han sido tratados
adecuadamente, se podrá en todo caso presentar una reclamación ante la Agencia
Española de Protección de Datos.
El tratamiento a realizar por la Consejería en relación a datos de carácter personal
que Red Eléctrica le ceda para las finalidades del presente convenio tendrá lugar con
sujeción al Contrato de Encargado de Tratamiento firmado por las Partes y que se adjunta
a este convenio como Anexo 7 y que forma parte integrante del mismo.